PPDH informa sobre los Derechos de la Niñez Indígena

Submitted bytortilla onLun, 22/03/2021 - 09:22

CONTRIBUCIÓN DE LA PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA (PDDH) AL INFORME SOBRE LA LIBRE DETERMINACIÓN Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ INDÍGENA, CONFORME LA DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

REFERENCIA

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos remitió comunicación a las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, detallando que el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas realizó solicitud de aportes como parte de la elaboración de un “Informe sobre la libre determinación en virtud de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas” y “El estudio sobre los derechos de la niñez indígena”, en cumplimiento con la resolución 33/25 del Consejo de Derechos Humanos.

  1. APORTE No.1: LIBRE DETERMINACIÓN EN NICARAGUA EN VIRTUD DE LA DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS.

  1. Contexto

El Estado de Nicaragua reconoce el derecho de los pueblos a determinar libremente su condición política y perseguir libremente su desarrollo económico, social y cultural, de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional e Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, de los que es parte.

La Primera Etapa de la Revolución Popular Sandinista y en especial, la Constitución Política de la República de Nicaragua (1987) surgida en este contexto, demostró el compromiso y la voluntad real de la nación nicaragüense, de respetar el derecho a la libre determinación de los pueblos, tanto en su faceta externa, respetando la soberanía de los Estados, como la interna, reconociendo el derecho de los pueblos a determinar libremente su condición política, perseguir libremente su desarrollo en los planos económicos, social y cultural, sin ningún tipo de injerencia.

En la República de Nicaragua, la autodeterminación nacional es un derecho constitucional irrenunciable del pueblo y fundamento de la nación nicaragüense1; en ese mismo sentido, son principios de la nación nicaragüense el respeto a la libre autodeterminación de los pueblos y el reconocimiento a los pueblos originarios y afrodescendientes de su propia identidad dentro de un Estado unitario e indivisible2.

Nicaragua es un país multicultural y plurilingüe. Los pueblos originarios y afrodescendientes conviven pacífica y armónicamente en el territorio nacional.

En línea con lo anterior, el Estado de Nicaragua reconoce la existencia de los pueblos originarios y afrodescendientes, que gozan de los derechos, deberes y garantías consignados en la Constitución Política y en especial, los de mantener y desarrollar su identidad y cultura, tener sus propias formas de organización social y administrar sus asuntos locales; así como mantener las formas comunales de propiedad de sus tierras y el goce, uso y disfrute, todo de conformidad con la Ley. Para las comunidades de la Costa Caribe se establece el régimen de autonomía en la Constitución Política3.

  1. Participación activa de los Pueblos Originarios y Afrodescendientes en el Desarrollo Nacional: Planes Nacionales

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN), desde el año 2007, inició con un modelo de gobierno inspirado en valores cristianos, socialistas y solidarios, con una filosofía de trabajo de respeto a los derechos Humanos y las Garantías Constitucionales, como parte de la segunda etapa de la Revolución Popular Sandinista.

En este modelo de trabajo ético, la finalidad de la acción gubernamental es la supervivencia y la realización de todos los seres humanos, siendo su objetivo, realizar transformaciones estructurales para superar la exclusión y liberar el potencial de desarrollo humano de los excluidos, incluyendo los pueblos originarios y afrodescendientes.

El Gobierno de Nicaragua ha demostrado su compromiso con la participación destacada de los pueblos originarios y afrodescendientes para la construcción de su propia realidad durante la formulación de los Planes Nacionales y Particulares, así como en la ejecución de los mismos a nivel nacional.

El actual Programa Nacional de Desarrollo Humano (2018-2021) contempla un eje referido a las Comunidades Indígenas y Afrodescendientes, concibiendo:

A. Bienestar socioeconómico

  1. Continuar promoviendo la cultura de identidad de las comunidades indígenas y afrodescendientes, como parte del proceso de restitución de derechos del Caribe nicaragüense; en armonía con la cosmovisión, tradición, en un enfoque de convivencia e interculturalidad para fortalecer valores y la unidad entre los comunitari@s, articulándola con las instancias municipales, regionales y nacionales.

  1. Consolidar el modelo de seguridad de la propiedad comunitaria de las comunidades indígenas y afrodescendientes.

  1. Incrementar las habilidades de la fuerza laboral y aumentar la capacitación productiva de los grupos comunitarios.

  1. Fortalecer el Modelo de Atención de Salud Intercultural en la Costa Caribe nicaragüense.

  1. Fortalecer la implementación del Subsistema Educativo Autonómico Regional; fortaleciendo la cultura y el uso de las lenguas maternas

    de las comunidades indígenas y afro descendientes.

B. Transformación económica, equitativa, sostenible y armónica entre seres humanos y la naturaleza

  1. Establecer Polos Multisectoriales de Desarrollo en la Costa Caribe.

  1. Impulsar la infraestructura para el desarrollo económico: transporte acuático, terrestre, aéreo, telecomunicaciones y energía eléctrica.

  1. Fomentar la agroindustria en productos que tengan mayor potencial en la costa Caribe.

  1. Promover el desarrollo del turismo.

  1. Impulsar la minería, bajo un esquema ambientalmente sostenible.

El Gobierno de Nicaragua ha concebido el desarrollo integral de la Costa Caribe desde el año 2007, a través de la elaboración y ejecución de la “Estrategia de Desarrollo de la Costa Caribe y el Alto wangki y Bocay (EDCC) y su Plan”4. El Plan contempla los siguientes ejes y programas:

El eje No. 1 “Desarrollo Socio Cultural”, contempla los siguientes programas:

  1. Madre Tierra.

  2. Armonía Comunitaria, Paz Social y Justicia.

  3. Revitalización de la Identidad Multiétnica, Multicultural, Multilingüe y Deportiva.

  4. Educación Intercultural Bilingüe Autonómica Regional

  5. Salud Intercultural Autonómico Regional

  6. Agua y Saneamiento

  7. Familia, Adolescencia, Niñez y Mujer

El eje No. 2 “Desarrollo Económico territorial con enfoque de cambio climático” contempla los siguientes programas:

  1. Gestión ambiental, gestión de riesgo
    y cambio climático.

  2. Innovación y Gestión del Conocimiento y Comunicación para el Desarrollo Agrario.

  3. Seguridad y Soberanía Alimentaria.

  4. Diversificación Agropecuaria y Sistemas Agroforestales

  5. Asociatividad, Valor Agregado y Emprendimientos

  6. Desarrollo de la Ganadería Bovina con Sistemas Silvopastoril

  7. Conservación y Desarrollo de Material Genético de Especies Tropicales

  8. Manejo forestal / Sub Programa: Restauración de paisajes y Manejo de la Regeneración Natural (RN)

  1. Plantaciones Forestales.

  2. Conservación y Protección de Ecosistemas Forestales y Ecosistemas Marino Costeros

El eje No. 3 “Transformación Productiva y Económica”, contempla los siguientes programas:

  1. Infraestructura Económica

  2. Desarrollo de la Energía

  3. Desarrollo Agroindustrial

  4. Desarrollo de la Pesca

  5. Desarrollo del Turismo

  6. Desarrollo Minero

El eje No. 4 “Fortalecimiento de la Institucionalidad Autonómica”, contempla los siguientes programas:

  1. Programa Fortalecimiento del Sistema Autonómico a nivel del Regional

  2. Programa Fortalecimiento de las Formas de Auto Gobierno Tradicional y de los Gobiernos Territoriales

  3. Fortalecimiento del Modelo de Diálogo, Alianza y Consenso para el Desarrollo Humano

  4. Fortalecimiento del Modelo de Diálogo, Alianza y Consenso para el Desarrollo Rural con Enfoque Territorial y Municipal

  5. Talento Humano en la Gestión del Conocimiento y la Comunicación para el Desarrollo Humano

  6. Talento Humano en la gestión del Sistema Regional comunicación para el desarrollo

  1. Derecho a la autodeterminación de los pueblos: Realidad en las comunidades de la Costa Caribe de Nicaragua

La acertada conducción del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN), en la República de Nicaragua, en la formulación y ejecución de los Planes Nacionales, en conjunto

con los pueblos originarios y afrodescendientes, así como el cumplimiento del ordenamiento jurídico nacional e Instrumentos Internacionales ha permitido hacer realidad el derecho a la autodeterminación de estos pueblos.

El Gobierno de Nicaragua ve a las comunidades de la Costa Caribe como parte indisolubles del pueblo nicaragüense, por lo que ha promovido que gocen de los mismos derechos, así como las mismas obligaciones, que el resto del país, en cumplimiento con el artículo 89 de la Constitución Política.

En línea con lo anterior, inspirados en el principio de la Revolución y de la Autonomía en sí, en Nicaragua se promueve y preserva la unidad, la fraternidad y la solidaridad entre los habitantes de las Comunidades de la Costa Caribe y de toda la nación.

A las comunidades de la Costa Caribe se les respeta su derecho de preservar y desarrollar su identidad cultural en la unidad nacional; dotarse de sus propias formas de organización social y administrar sus asuntos locales conforme a sus tradiciones.

El Estado de Nicaragua reconoce plenamente las formas comunales de propiedad de la tierra de las comunidades de la Costa Caribe. Las tierras comunales en Nicaragua poseen protección especial, siendo inembargables, imprescriptibles e intransferibles.

Igualmente, reconoce el goce, uso y disfrute de las aguas y bosques de sus tierras comunales, de conformidad con la Constitución Política. Los miembros de las Comunidades de la Costa Caribe tienen el derecho de definir y decidir su propia identidad étnica.

La Costa Caribe representa el 49% del territorio nacional y concentra aproximadamente el 13% de la población total, lo cual significa que es la región más extensa del país, pero con menos densidad poblacional.

Un esfuerzo del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional para fortalecer la autodeter-minación de los pueblos indígenas, ha sido el tema de la tenencia de la tierra; Nicaragua ha avanzado enormemente en la titulación de casi el 96% de los territorios indígenas, quedando una mínima parte pendiente a titular, restituyendo de esta manera los derechos a las comunidades indígenas y afrodescendientes. Para completar el 100% de la demarcación y entrega de títulos comunales a los pueblos originarios y afrodes-cendientes, solamente falta el 4% que corresponde al Alto Wanky ubicado en el departamento de Jinotega.

El Gobierno de Nicaragua, durante el periodo 2007-2020 ha legalizado un total de 23 territorios originarios lo que representa 23 títulos de propiedad, más 2 títulos de áreas complementarias que fueron entregados a los territorio indígenas Miskitu Indian y Mayangna Sauni Bu en la zona de régimen especial Alto Wanky-bocay (para un total de 25 títulos); lo anterior beneficia a un total de 319 comunidades originarias, lo que implica 39,938 familias, equivalentes a 229,529 personas; los 25 títulos entregados equivale a un total de 38,434.81 km² de territorio titulados, lo que corresponde al 30% del territorio nacional.

Se ha logrado fortalecer la seguridad jurídica sobre la propiedad de las comunidades indígenas y afrodescendientes de la Costa Caribe, y con ello se ha contribuido al bienestar y a la seguridad de los niñas, niños y adolescentes indígenas y afrodescendientes.

En relación con la ciudadanía, en Nicaragua se reconoce que las Comunidades de la Costa Caribe forman parte indisoluble del Estado unitario e indivisible de Nicaragua y sus habitantes gozan de todos los Derechos y Deberes que les corresponden como nicaragüenses, de acuerdo con la Constitución Política.

En Nicaragua, se respeta el derecho constitucional a la libre expresión y preservación de las lenguas, arte y cultura de las comunidades de la Costa Caribe. Se parte que el desarrollo de su cultura y sus valores enriquece la cultura nacional. En referencia al idioma de uso oficial, es el español, y las lenguas de las Comunidades de la Costa Caribe son de uso oficial en las Regiones Autónomas5.

Los habitantes de la Costa Caribe de Nicaragua gozan de derechos y deberes propios, en cumplimiento con la Constitución Política y la Ley No. 28 “Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Caribe de Nicaragua”, los que son respetados y promovidos por el Gobierno de Nicaragua:

  1. La absoluta igualdad de derechos y deberes entre sí, independientemente de su número poblacional y nivel de desarrollo.

  1. Preservar y desarrollar sus lenguas, religiones y culturas.

  1. Usar, gozar y disfrutar de las aguas, bosques y tierras comunales dentro de los planes de desarrollo nacional.

  1. Desarrollar libremente sus organizaciones sociales y productivas conforme a sus propios valores.

  1. La educación en su lengua materna y en español, mediante programas que recojan su patrimonio histórico, su sistema de valores, las tradiciones y características de su medio ambiente, todo de acuerdo con el sistema educativo nacional.

  1. Formas comunales, colectivas o individuales de propiedad y la trasmisión de la misma.

  1. Elegir y ser elegidos autoridades propias de las Regiones Autónomas.

  1. Rescatar en forma científica y en coordinación con el sistema nacional de salud, los conocimientos de medicina natural acumulados a lo largo de su historia.

En ese mismo sentido, en la República de Nicaragua, se respeta plenamente las siguientes atribuciones particulares de las Regiones Autónomas:

  1. Participar efectivamente en la elaboración y ejecución de los planes y programas de desarrollo nacional en su región, a fin de armonizarlos con los intereses de las Comunidades de la Costa Caribe.

  1. Administrar los Programas de Salud, Educación, Cultura, abastecimiento, transporte, servicios comunales y similares, en coordinación con los Ministerios de Estado correspondientes.

  1. Impulsar los proyectos económicos, sociales y culturales propios.

  1. Promover el racional uso, goce y disfrute de las aguas, bosques, tierras comunales y la defensa de su sistema ecológico.

  1. Promover el estudio, fomento, desarrollo, preservación y difusión de las culturas tradicionales de las Comunidades de la Costa Caribe, así como su patrimonio histórico, artístico, lingüístico y cultural.

  1. Promover la cultura nacional en las Comunidades de la Costa Caribe.

  1. Fomentar el intercambio tradicional con las naciones y pueblos del Caribe, de conformidad con las leyes nacionales y procedimientos que rigen la materia.

  1. Promover la articulación del mercado intrarregional e interregional, contribuyendo de esta manera a la consolidación del mercado nacional.

  1. Establecer impuestos regionales conforme las leyes que rigen la materia.

Con respecto a su autodeterminación administrativa, en cada una de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe funciona, sujetos a la Constitución Política de Nicaragua, los siguientes órganos de administración:

  1. Consejo Regional.

  1. Coordinación Regional.

  1. Autoridades municipales y comunales.

  1. Otros correspondientes a la subdivisión administrativa de los municipios.

Buenas prácticas en garantizar el Derecho a la Educación y Salud en las comunidades de la Costa Caribe

La Constitución Política de la República de Nicaragua reconoce que los pueblos indígenas y las comunidades étnicas de la Costa Caribe tienen derecho en su región a la educación intercultural en su lengua materna, de acuerdo a la ley6. En cumplimiento de ello, en las Regiones Autónomas de la Costa del Caribe Nicaragüense se desarrolla un “Subsistema Educativo Autónomo Regional (SEAR)”7.

El Subsistema Educativo Autonómico Regional está orientado a la formación integral de las mujeres y hombres de los pueblos indígenas afro-descendientes y comunidades étnicas, basado en los principios de autonomía, interculturalidad, solidaridad, pertinencia, calidad, equidad, así como valores morales y cívicos de la cultura regional y nacional; comprometidos y comprometidas con el desarrollo sostenible, la equidad de género y los derechos de niños, niñas, adolescentes y jóvenes. Uno de sus ejes fundamentales es la interculturalidad, promueve una sólida preparación científica, técnica y humanista fortaleciendo su identidad étnica, cultural y lingüística que contribuyan al proyecto de unidad en la diversidad.

En coordinación con el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional Tecnológico, las Regiones Autónomas dirigen, organizan y regulan la educación en todos sus niveles en sus respectivos ámbitos territoriales, de conformidad a sus usos, tradiciones, sistemas de valores y culturas.

El Gobierno de Nicaragua ha promovido una educación de calidad en la Costa Caribe, lo que implica disponibilidad económica, material y de infraestructura, accesibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad.

Ha sido emblemática, la creación de material de estudio y textos científicos traducidos a las lenguas propias de los Pueblos Originarios y Afrodescendientes, especialmente Miskitu, Tuahka, Kriol, Panamahka y Ulwa, para hacer realidad el acceso y comprensión a los mismos.

El sistema de educación no solo garantiza la enseñanza científica y humanista, también provee de alimentos a través del Programa Integral de Nutrición Escolar, para cocinar meriendas escolares a niños y niñas, promoviendo la asistencia y retención escolar, con la participación de la comunidad y una estrecha coordinación interinstitucional.

En ese mismo sentido, la Policía Nacional de la República de Nicaragua, a través de sus programas de prevención y atención directa, garantiza la seguridad pública en las Escuelas, fomentando un ambiente propicio para la enseñanza.

Con respecto al derecho a la salud, en la República de Nicaragua es un derecho constitucional que sea gratuita y universal, para todos los nicaragüenses, por igual, sin discriminación. En el caso de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe, tienen el derecho de poder definir un modelo de atención de salud conforme a sus tradiciones, cultura, usos y costumbres dentro del marco de las políticas, planes, programas y proyectos del Ministerio de Salud8.

En cumplimiento de lo anterior, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN) ha fortalecido la articulación con los Gobiernos Regionales y Consejos Regionales, para construir los lineamientos necesarios para garantizar una atención humanizada, gratuita y de calidad, respetuosa de las prácticas ancestrales y costumbres heredades.

Producto de esa articulación, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, ha promovido que la Asamblea Nacional, adopte leyes que institucionalizan la práctica de medicina natural, complementaria y la aplicación de técnicas y procedimientos propios de las comunidades de Pueblos Originarios y Afrodescendientes para la prevención y atención de enfermedades.

En el año 2011, se aprobó la Ley de Medicina Tradicional Ancestral9, que tiene por objeto reconocer el derecho, respetar, proteger y promover las prácticas y expresiones de la medicina tradicional ancestral de los pueblos indígenas y afro-descendientes en todas sus especialidades y el ejercicio individual y colectivo de los mismos, en función de la salud propia e intercultural y establecer las garantías adecuadas que corresponden al Estado para su efectiva aplicación y desarrollo.

Como buena práctica del Estado de Nicaragua, esta Ley ha permitido que médicos que prestan servicio en las comunidades de Pueblos Originarios y Afrodescendientes, se forman permanentemente con personas referentes, que tradicionalmente curan con hierbas y otros elementos naturales a familias de esas comunidades.

La implementación de la Estrategia de Casas Maternas en las Comunidades donde habitan Pueblos Originarios y Afrodescendientes ha sido emblemática ya que tiene por objetivo, facilitar y acercar el derecho a la salud durante el parto para mujeres de comunidades alejadas del país. Las casas maternas, son instalaciones donde se albergan mujeres que en su mayoría habitan en zonas de difícil acceso, que se desplazan con anticipación desde sus hogares para la espera del parto.

Dentro de las casas se garantiza alimentación, alojamiento, vigilancia del embarazo, higiene personal, ambiental, consejería en lactancia materna, planificación familiar y cuidados del recién nacido entre otros.

El Gobierno de Nicaragua aumentó cuatro veces el número de casas maternas en el país, al pasar de 50 en 2007 a 180 en 2021. Esta estrategia es referente mundial por los resultados para la prevención de la mortalidad infantil y perinatal en más de la mitad, pasando de 11 niños fallecidos por cada mil nacidos en 2007 a 9 fallecidos en 2020

Anualmente, el Ministerio de Salud desarrolla la jornada nacional de vacunación, llevando casa a casa las vacunas gratuitas para inmunizar a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos mayores, sin discriminación y con prioridad en comunidades distantes de establecimientos de salud.

En este contexto, es necesario reiterar que, desde la fundación del Estado nicaragüense, ningún otro gobierno había dado muestras de la incuestionable voluntad y decisión por cumplir con la aspiración de justicia y demanda histórica de nuestros hermanos indígenas y afrodescendientes, como lo está haciendo el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional.

En cuanto a la Pandemia COVID-19, Nicaragua ha respondido exitosamente a partir de las siguientes líneas de trabajo:

  • Fortalecimiento del sistema de salud universal y gratuita iniciado en 2007, con la construcción de 18 hospitales, 58% más que los existentes con 6 más en construcción; dentro del Modelo de Salud, Familiar y Comunitario; y los avances obtenidos en Salud Pública.

  • Seguimiento diario a los casos aislados por enfermedad o contactos con personas enfermas. Los casos confirmados positivos recibieron medicación domiciliaria.

  • Las vacunas serán aplicadas a los principales grupos de riesgos.

  • Aplicación de 1.4 millones de vacunas contra la influenza estacional y la pulmonía bacteriana.

En enero 2021, se inauguró el Laboratorio de Bacteriología en el Caribe Norte de Nicaragua. Este centro beneficiará a 230 mil personas aproximadamente del municipio de Bilwi, Puerto Cabezas.

Asimismo, actualmente se encuentra en construcción el Hospital Nuevo Amanecer, en la Costa Caribe Norte. La construcción se tiene contemplada finalice en noviembre 2022. El Hospital contará con 207 camas y equipos de alta tecnología, para la restitución de derechosa al Salud de 457 mil 256 habitantes de la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte (RACCN).

Por primera vez en la historia de Nicaragua un Gobierno le asigna a las comunidades indígena, a través del Presupuesto General de la República, recursos financieros para asegurar su sistema de gobernanza; así mismo, es en este mismo periodo, en el que se comenzó y continua desarrollándose las condiciones necesarias para avalar la restitución, promoción y disfrute de los derechos ancestrales de las comunidades indígenas y afrodescendientes del país, incluyendo el derecho a la salud.

Desde 2012 al 2020, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional a través del Ministerio de Economía familiar MEFCCA, ha implementado políticas en el Caribe nicaragüense dirigidas a eliminar la discriminación histórica y de exclusión que han padecido las poblaciones y las comunidades del caribe en el país.

La acción del Gobierno en su lucha contra la pobreza y la Unidad Nacional ha tenido como eje central el rol protagónico de la economía familiar indígena y afrodescendiente, así como la participación de mujeres y jóvenes. Con un enfoque participativo y sostenible, la acción del MEFCCA en el Caribe, a través de sus programas y proyectos, ha permitido acompañar la transformación de la región respetando la cosmovisión de los pueblos originarios, afrodes-cendientes y mestizos costeños, potenciando y preservando la madre tierra, fortaleciendo los procesos de participación de las familias protagonistas comunitarias en consultas previas, libres e informadas, desarrollando la diversificación agrícola y cultivos estratégicos como bambú, cacao, café, coco y la pesca artesanal, acompañamiento a la agroindustria y promoción de los emprendimientos, fortaleciendo la articulación del Sistema de Producción Consumo y Comercio en coordinaciones con los Gobiernos Regionales del Caribe y la Zona Especial del Alto Wangki y Bocay.

Con la implementación de los Programas Emblemáticos del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional se han atendido a 277,128 familias protagonistas de la Costa Caribe y Alto Wangki y Bocay, de las cuales han sido capitalizadas 63,522 protagonistas con la implementación de planes de inversión por un monto de C$1,865 millones.


PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA AGRICULTURA FAMILIAR

Promoción y diversificación producción agrícola:

  • Desarrollo productivo integral sostenible para garantizar la seguridad alimentaria e ingresos familiares, mediante el fortalecimiento de sistemas agroforestales y pecuarios amigables con el medio ambiente, capitalizando a 6,348 familias productoras, mediante dotación de material vegetativo, semillas, entrega de ganado menor, herramientas agrícolas, capacitación, bienes colectivos trillos para procesadora de arroz y asistencia técnica.

  • Establecimiento de bancos de semilla de granos básicos beneficiando a 620 familias territorio Indígena Wangki Maya y Wangki Twi Tasba Raya, Matumbak, Mayangna Sauni, Twahka de los municipios de Waspam, Bonanza y Rosita. Fortalecimiento de capacidades técnicas mediante capacitaciones, talleres teórico-prácticos a productores en el manejo postcosecha de semillas a fin de garantizar la disponibilidad de semillas de calidad para el siguiente ciclo productivo, con mayores rendimientos, resistentes a plagas y enfermedades, y mayor adaptabilidad a la zona.

  • En el sector cacao, se han fortalecido las capacidades técnicas para la producción y mejora de las condiciones de vida de 3,281 familias productoras, mediante el establecimiento de 3,944 manzanas de cacao bajo sistemas agrícolas diversificados con equidad de género y adaptación al cambio climático.

Centros de acopio Cacao.

  • Establecimiento, mejoras y equipamiento de 7 centros de acopio básicos de cacao beneficiando aproximadamente a 2,500 familias de los municipios de Siuna y Rosita, que comprenden. La construcción de áreas de secado, fermento bodega, catación, equipos y herramienta de agregación de valor; Forta-lecimiento de capacidades técnicas mediante capacitaciones, talleres teórico-prácticos dirigido a socios y socias productores y productoras.

  • Construcción de 2 infraestructuras para procesamientos de Café y Cacao, oficinas administrativas, herramientas y equipos para transformación de café y cacao, equipos para uso administrativo, capacitaciones, talleres teórico-prácticos dirigido a socios y socias productores y productoras. Esta inversión en Centros de Acopio e infraestructura ha sido por un monto de: C$25,330,173.07

  • En el sector café robusta, se han fortalecido las capacidades técnicas para la producción y mejoras de las condiciones de vida de 602 familias bajo sistemas agrícolas diversificados con equidad de género y adaptación al cambio climático.

  • En el sector coco, se establecieron 580 manzanas de coco beneficiando a 520 familias protagonistas en municipios de Kukra Hill y Laguna de Perlas con una inversión de C$6,863,051.6. Además, se instalaron dos pequeñas plantas procesadora de aceite de coco en dos comunidades de Laguna de perlas con la participación organizaciones comunitarias locales.

  • Desarrollo de la pesca artesanal para garantizar seguridad alimentaria e ingresos de familias pesqueras mediante 10 planes de inversión con la capitalización de 2,052 protagonistas con un 38.4 % de participación de mujeres y una inversión de C$125,859,724.32 córdobas en 40 comunidades del litoral.

En consenso con los líderes y protagonista de cada comunidad se entregaron chinchorros playeros, atarrayas, trasmallos. Teniendo un impacto directo en la captura de especies deseadas, mejor precio, calidad y disminución de captura de especies menores.

Se les proveyó de medios de transporte: 25 Cayucos, y 10 motores de 15 hp y 25 hp, chalecos, GPS, esto con el objetivo de fortalecer sus capacidades de entrega de productos a los acopios.

Se construyeron 9 Pequeños Centros de Acopios pesqueros, en 9 comunidades, a los cuales se les entregó mesas de acero inoxidable, Canastas, Termos con capacidades de 100, 300, 500 libras, pesas, botas, delantales, gorros, tapa boca.

  • Desarrollo de procesamiento de Chacalines en Lagunas de Perlas.

Con la participación 312 familias chacalineras se conformaron dos fondos revolventes comunitarios, con C$ 2,419,200.00, para la compra de materia prima (chacalín fresco) en la producción de chacalín seco.

Se logro la mejora de la capacidad de producir chacalín seco, mediante la utilización de 202 secadoras artesanales; y 89 recipientes para la cocción del chacalín seco.

  • Se ha acompañado el establecimiento de 6,689 patios familiares para la producción de alimentos sanos, diversificación de su alimentación y comercialización de excedentes en las comunidades.

  • Fueron acompañadas 168,963 pequeños productores de granos básicos, café, plátano, peces, marango y emprendimientos creativos, mediante capacitaciones y acompañamiento técnico en el establecimiento y manejo de cultivos, promover la adopción de tecnologías, para ampliar la producción y mejorar la disponibilidad de alimentos.

  • Con el fin de incrementar los rendimientos de los cultivos, aportar a la seguridad alimentaria y a los ingresos de las familias, fueron capitalizados a 6,836 familias productoras mediante la entrega de igual número de bonos tecnológicos, conteniendo plantas de bambú, musáceas, café, cacao, hortalizas, alevines, entre otros.

  • Con el Plan de Promoción de Emprendimientos Creativos: Jardines, Viveros y Zoocriaderos, con la participación de 7,312 protagonistas mediante talleres y expo ferias.

  • Bono tecnológico Bambú. Establecimiento de 03 viveros de Bambú, (RACCN, RACCS y Las Minas), de los cuales se entregaron 130 plantas a cada uno, así como fortalecimiento de capacidades técnicas en el manejo agronómico del cultivo de bambú.

Establecimiento 26 hectáreas de bambú en: RACCS con la entrega de 840 plantas a 24 protagonistas (5m, 9h); RACCN con la entrega de 1,155 plantas a 31 protagonistas (9m, 22h); Las Minas con la entrega de 560 plantas a 10 protagonistas (8m, 2h).

Se capitalizaron a pequeños negocios de artesanías con el objetivo de industrializarlos, convirtiéndose en Talleres modelos de bambú, a quienes se les entrego a través de la firma de un convenio maquinarias y herramientas eléctrica como: Taladro, Pulidora, cierra de banco, guillotina o cortadora, compresor y caladora, y herramientas manuales como: martillo, lijas, barniz, cierras y tinte, así como la instalación de un secador solar en el Taller modelo: BARATARA, Rosita.

  • Programa CRISSOL, del 2014 al 2015 se atendió a un total de 2,879 protagonistas del programa CRISSOL para la siembra de Frijol, maíz y arroz en los ciclos primera y apante un total aproximado de 6,903 mz de siembra, en los municipios de la costa caribe norte y sur, Con un monto de C$31,600,160.00

  • Programa Productivo Alimentario y Programa de Microcrédito para Emprendimientos en el campo. Microcrédito del campo:

  • Como parte del Productivo Alimentario (Programa Usura Cero), durante el periodo 2007-2020 fueron atendidos 6,317 protagonistas en la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte (RACCN), brindando 18,494 créditos, colocando un total de C$ 119,795,800; a su vez, fueron atendidos 13,405 protagonistas en la Región Autónoma de la Costa Caribe Sur (RACCS), brindando 45,441 créditos, colocando un total de C$ 350,924,700

  • Con el PPA se capitalizaron a 26,160 familias protagonistas de la Costa Caribe y Alto Wangki y Bocay, se entregó un total de 277,598 bonos de cerdos y aves, 10,435 bonos vacas.

  • Programa de Microcrédito para Emprendimientos en el campo, del año 2017 a enero 2021 se ha desembolsado a un total de 669 grupos solidarios, que comprenden 2,680 protagonistas de las delegaciones de RACCN, RACCS, Las Minas y Alto Wangki Bocay por un monto total desembolsado de C$82,614,427.67 córdobas.

DESARROLLO DE LA PEQUEÑA AGROINDUSTRIA COMUNITARIA

  • Se han fortalecido aspectos organizacionales de los emprendimientos de agroindustria y pequeños negocios con capacitaciones en temas de cooperativismo, agregación de valor, para su integración en otros espacios de mercado y obtener mayor rentabilidad de los emprendimientos.

  • 23,806 familias son capacitadas en temas de agregación de valor y transformación en los rubros de frutas, musáceas, granos básicos, plantas medicinales, raíces y tubérculos.

PROMOCIÓN DE LOS EMPRENDIMIENTOS DE LA ECONOMÍA FAMILIAR.

  • Se construyó y acondiciono la Plaza de Ferias de la Economía Familiar en Bilwi, fortaleciendo las capacidades de emprendimientos generando espacios de comercialización de sus productos a precios justos, que permitan el intercambio comercial y la generación de alianzas comunitarias, beneficiando a 1,350 productores con una inversión de C$4.5 millones.

  • Del 2017 al 2020, se han realizado 2,539 eventos de dinámica comercial, Ferias de la Economía Familiar, mercaditos campesinos, concursos, festivales, ruedas de negocio, entre otros, con la participación de 34,616 emprendedores y productores; generando ventas por C$55.5 millones.

  • 35,000 pequeños negocios y emprendimientos han sido capacitados para el fortalecimiento de sus conocimientos empresariales y capacidades para promocionar y comercializar sus productos en temas de acceso y alternativas de financiamiento, planes de negocios, buenas prácticas de manufactura e innovación, formalización, marketing digital, entre otros.

  • Durante el período 2019-2021, 400 Protagonistas con discapacidad han sido acompañados mediante el Plan ¡Nicaragua Fuerza Bendita, Emprendimientos que inspiran!, promoviendo 37 actividades de inclusión social como ferias, talleres, capacitaciones, charlas motivacionales, concursos de manos laboriosas, pasarelas de verano, congresos y festivales a nivel municipal, departamental, regional y nacional, generando ventas de C$ 122,621.00.

  • Con el Plan de Negocios Digitales “Tu Tiempo Para Prosperar” 2019 -2021, hemos acompañado a 688 protagonistas mediante 38 actividades como comercio digital, talleres, paneles, encuentros, capacitaciones e intercambios, con el fin de fortalecer sus capacidades comerciales, haciendo uso de plataformas digitales y poniendo en práctica herramientas necesarias en el marketing digital, generando ventas de C$ 72,542.00.

  • Rehabilitación y mantenimiento de 29 kilómetros de camino rural vecinal, que facilitan el acceso y salida de la producción. Comunidades beneficiadas Wisconsin, La Esperanza, Santa Clara. Francia Sirpi, Miguel Biikan y Tasbba Paiin, Bachilaya, Tuskru Tara, Tuskru Sirpi, Wasla, Koom, Kiwas Tara, Auhya Pura, Raya Pura, Andris, Klampa, Bum, Sawa,Uram, Sih, Living Creek, Utla Mahta, Plankira y Rancho Escondido, en dos territorios indígenas (Wangki Twi y Wangki Maya)

Fortalecimiento de las capacidades organizativas y asociativas.

  • Se acompaña en el fortalecimiento asociativo a 462 cooperativas registradas en dos regiones del caribe, dándoseles servicios sobre capacitación en la vida asociativa y servicios descentralizados certificaciones de órganos de dirección, personalidad jurídica, etc.

Fortalecimiento de las capacidades de autogestión del gobierno territorial y gobiernos comunitarios indígenas

  • Se implementaron 8 Planes de Fortalecimiento de las capacidades de autogestión del Gobierno Territorial y Gobiernos Comunitarios Indígenas Wangky Maya y Wangki Twi Tasba Raya, Awaltara, Laguna de Perla, Tasba Pauni, Twahka, GT Matumbak, Mayangna Sauni As, de los municipios de Waspam Rio Coco, Laguna de perlas, Desembocadura de Rio grande, Bonanza, Rosita para la atención a 2,344 familias.

DETALLE DE LAS INVERSIONES Y PROTAGONISTAS ATENDIDOS POR PROYECTOS, CON UN TOTAL DE 277,128 PROTAGONISTAS CAPTALIZADOS CON UN MONTO DE C$1,865,413,145.57

  • NICARIBE: Se atendieron a 14072 familias productoras (8074 h y 5998 m) en las regiones norte y sur, incluyendo el territorio de las Minas, con una inversión de C$ 269,051,680.15 córdobas.

  • PAIPSAN: Se ha capitalizó a 14,826 familias, productoras (7,887 h y 6,939 m) con un monto de Inversión de C$ 1,186,500,000.00 córdobas.

  • NICADAPTA: Se atendieron a 1,534 familias productoras (1119 h y 415 m) del territorio Tasba Pri y Wangky Twi Tasba Raya. Con una inversión C$ 122080,477.75 córdobas.

  • PROCACAO: se atiende a 1371 productores, de los municipios de Siuna, Rosita y Bonanza, con una inversión de C$ 173,556,400.

  • Programa Productivo Alimentario: se capitalizaron a 26,160 familias protagonistas de la Costa Caribe y Alto Wangki y Bocay, se entregó un total de 277,598 bonos de cerdos y aves, 10,435 bonos vacas.

  • Programa de Microcrédito para Emprendimientos en el campo, del año 2017 a 2020 se ha desembolsado C$82, 614,427.67 córdobas a un total 2,680 protagonistas conformados en 669 grupos solidarios, en las delegaciones de RACCN, RACCS, Las Minas y Alto Wangki Bocay.

  • Programa CRISSOL: Del 2014 al 2015 se atendió a un total de 2879protagonistas para la siembra de Frijol, maíz y arroz en los ciclos primera y apante un total aproximado de 3,600mz de siembra, con un monto de C$ 31,600,160.

  1. APORTE No. 2: LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ INDÍGENA EN NICARAGUA

  1. Contexto

La nación nicaragüense es de naturaleza multiétnica y multicultural. En el territorio nacional, conviven pacífica y armónicamente pueblos originarios y afrodescendientes, titulares plenos de Derecho y actores indispensables en la implementación del desarrollo sostenible a nivel nacional.

Los principales pueblos en la Costa Caribe de Nicaragua son los Mayangnas, Ulwas Miskitus, Ramas, Creoles y Garifunas; por su parte en el Pacífico y Centro Norte del país, se encuentran los Chorotegas, Nahoas, Sutiabas y Matagalpas.

El Estado de Nicaragua reconoce constitucio-nalmente la existencia de los pueblos originarios y afrodescendientes, que gozan de los derechos, deberes y garantías consignados en la Constitución y en especial, los de mantener y desarrollar su identidad y cultura, tener sus propias formas de organización social y administrar sus asuntos locales; así como mantener las formas comunales de propiedad de sus tierras y el goce, uso y disfrute, todo de conformidad con la Ley. Para las comunidades de la Costa Caribe se establece el régimen de autonomía en la Constitución Política.

En la República de Nicaragua, es deber de la familia, la comunidad, el Estado y la sociedad en general asegurar, con absoluta prioridad, el cumplimiento de los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes referentes a la vida, convivencia familiar y comunitaria, identidad, nacionalidad, salud, alimentación,vivienda, educación, medio ambiente, deporte, recreación, cultura, dignidad, respeto y libertad.

A las niñas, niños y adolescentes que pertenecen a Comunidades Indígenas, grupos sociales étnicos, religiosos o lingüísticos o de origen indígena, se les reconoce el derecho de vivir y desarrollarse bajo las formas de organización social que corresponden a sus tradiciones históricas y culturales.

El Estado garantiza a las niñas, niños y adolescentes que pertenezcan a tales comunidades indígenas o grupos sociales a tener los derechos que le corresponden en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural y educativa, a profesar y practicar su propia religión y costumbres, a emplear su propio idioma y gozar de los derechos y garantías consignados en la ley No. 287 “Código de la Niñez y la Adolescencia”.

Desde el año 2007, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN) estableció un modelo de gobierno respetuoso de los Derechos Humanos, inspirado en valores cristianos, socialistas y solidarios que contempla una filosofía de trabajo y compromiso con los sectores históricamente marginados y vulnerados por políticas neoliberales.

En virtud de lo anterior, el Gobierno de Nicaragua ha concebido a los pueblos originarios y afrodes-cendientes como sujetos plenos de derecho, actores indispensables en la construcción de su propio desarrollo, a través de la elaboración en conjunto de Planes Nacionales de Desarrollo, así como de su ejecución.

El Gobierno de Nicaragua, ha promovido la actualización en el ordenamiento jurídico nacional, la creación de planes de desarrollo específicos, la asignación de recursos necesarios, así como la implementación de acciones que permitan el goce y disfrute de los derechos humanos de los pueblos originarios y afrodes-cendientes, en especial las niñas y niños pertenecientes a estos grupos en situación de vulnerabilidad.

En Nicaragua, el Derecho de la niñez -incluyendo las niñas, niños y adolescentes indígenas-, son de orden público y obligatorias para todos los habitantes de la República.

  1. Derecho a la nacionalidad, los derechos a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de las personas, la prevención de la violencia, el acceso a la justicia de Niños y Niñas de los pueblos originarios y afrodescendientes.

En relación con el derecho a la nacionalidad, en la República de Nicaragua, las niñas, niños y adolescentes pertenecientes a pueblos originarios y afrodescendientes tienen garantizado este derecho, de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional, en las mismas condiciones que el resto de la población.

La nacionalidad es un derecho constitucional, regulado en el Título III de la Carta Magna, artículos 15 al 22, que establece que los nicaragüenses son nacionales o nacionalizados.

En el caso de los nacionales, son todos aquellos nacidos en el territorio nacional10; los hijos de padre o madre nicaragüense; los nacidos en el extranjero de padre o madre que originalmente fueron nicaragüenses, siempre y cuando lo solicitaren después de alcanzar la mayoría de edad o emancipación; los infantes de padres desconocidos encontrados en territorio nicaragüense, sin perjuicio de que, conocida su filiación, surtan los efectos que proceden; los hijos de padres extranjeros nacidos a bordo de aeronaves y embarcaciones nicaragüenses, siempre que ellos lo solicitaren.

A su vez, la Asamblea Nacional puede declarar nacionales a extranjeros que se hayan distinguido por méritos extraordinarios al servicio de Nicaragua. Los extranjeros pueden ser nacionalizados, previa renuncia a su nacionalidad y mediante solicitud ante autoridad competente, cuando cumplieren los requisitos y condiciones que establezcan las leyes de la materia.

El marco normativo existente en Nicaragua en materia de igualdad y no discriminación tiene su fuente en el artículo 27 de la Constitución Política de Nicaragua, donde se establece que:

“Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igualdad de protección. No habrá discriminación por motivo de nacimiento, nacionalidad, credo político, raza, sexo, religión, opinión, origen, posición económica o condición social (…). El Estado respeta y garantiza los derechos reconocidos en la presente Constitución a todas las personas que se encuentren en su territorio y estén sujetas a su jurisdicción”.

 

El artículo 48 de la Constitución proclama la igualdad incondicional de todos los nicaragüenses en el que goce de sus derechos políticos, en el ejercicio de los mismos y en el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades, destacando la igualdad absoluta entre el hombre y la mujer.

En cumplimiento de la Constitución Política, todas las personas son iguales ante la ley en Nicaragua y tienen derecho a igual protección. Las niñas y niños pertenecientes a pueblos originarios y afrodescendientes no son discriminados por ningún motivo y pueden ser inscritos oficialmente durante su nacimiento o posteriormente, de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional.

La inscripción de niñas, niños y adolescentes en Nicaragua, incluyendo a los pueblos originarios y afrodescendientes, es considerada como el derecho a una identidad, de conformidad con el Código de la Familia.

Para garantizar que todo niño, niña y adolescente tenga derecho a un nombre propio y sus apellidos, los Poderes e Instituciones del Estado, Consejos de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe y Gobiernos Regionales, Territoriales, Comunales y Municipales, promueven su inscripción en el Registro del Estado Civil de las Personas y garantizan que la inscripción sea gratuita e inmediata a su nacimiento, en cumplimiento del Código de la Familia.

De conformidad con la Ley, el padre, la madre, o mandatario especialmente designado debe inscribir personalmente el nacimiento de los hijos e hijas dentro de los veinticuatro meses de nacido.

A su vez, las autoridades del Registro del Estado Civil de las Personas, realizan inscripciones de oficio de los niños y niñas menores de siete años que no hayan sido inscritos, sin necesidad de incurrir en un proceso de reposición de partida de nacimiento, con la firma del padre, madre, tutora o tutor, en cumplimiento del ordenamiento jurídico nacional.

La inscripción es gratuita y la primera certificación del acta de nacimiento no tiene ningún costo, asimismo no se cobra ningún otro monto por este trámite.

La inscripción puede realizarse en el municipio donde nació o en el municipio de residencia habitual de los padres y madres.

Para todos los efectos, la certificación o certificado de inscripción de nacimiento tiene una vigencia de diez años.

En línea con ello, La Ley No. 287, “Código de la Niñez y Adolescencia” reconoce que la niña o el niño tienen derecho desde que nace, a la nacionalidad de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos en la Constitución Política y en la ley de la materia, a tener un nombre propio y a conocer a su madre y padre y a ser cuidados por ellos. El Estado respetará el derecho de la niña, el niño y del adolescente a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares.

En Nicaragua, en ningún caso la niña, el niño o adolescente podrá ser privado de su identidad. En el caso que sea privado ilegalmente de alguno de los elementos de su identidad o de todos ellos, el Estado garantiza la asistencia y protección apropiadas para restablecerlas. La niña o el niño es inscrito en el registro de su nacimiento en los plazos que la ley de la materia establece. El Estado garantiza mecanismos ágiles y de fácil acceso de inscripción y extender gratuitamente el primer certificado de nacimiento.

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN), en cumplimiento de la legislación nacional e Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, aprobó y ejecuta desde el año 2011 la “Política Nacional de primera Infancia Amor por los más Chiquitos y Chiquitas”.

La Política Nacional de Primera Infancia concibe que la garantía del derecho a un nombre y apellidos es imprescindible para el cumplimiento de los derechos humanos de la niñez. Este derecho se materializa con la inscripción de niñas y niños el Registro Civil de las Personas, acto jurídico que lo habilita para el ejercicio y demanda de sus derechos ante el Estado, las municipalidades, familias y sociedad en general.

Por ello, esta Política contiene un componente de identidad que incluye la implementación de la inscripción de niñas y niños; así como la promoción de la autoestima e identidad infantil. Las líneas de Acción sobre Identidad son:

  1. Garantizar la inscripción gratuita de las niñas y niños desde que nacen por medio de las unidades de salud, la red de parteras, las oficinas del registro civil de las Alcaldías.

  1. Identificar a través de redes de CDI, CICO y escuelas preescolares y primarias a las niñas y niños que no se encuentran inscritos para garantizarles el derecho a un nombre.

  1. Impulsar reformas administrativas que faciliten el trámite de inscripción para las niñas y niños que no fueron inscritos en los tiempos ordinarios establecidos en la ley.

  1. Fortalecer las coordinaciones entre los Juzgados de Familia, las Alcaldías, el Registro Civil de las Personas, el Ministerio de la Familia y el Ministerio de Salud para propiciar la inscripción de niñas y niños.

  1. Ampliar las campañas comunitarias de sensibilización y promoción de la inscripción de niñas y niños, promoviendo que estos deben ser registrados por sus madres y padres en cuanto nazcan.

  1. Promover la participación de niñas, niños menores de ocho años en la toma de decisiones, que afectan o benefician sus vidas en los espacios familiares y comunitarios.

Una buena práctica del Estado de Nicaragua para promover la inscripción de niñas y niños a nivel nacional, es la instalación de ventanillas especiales de inscripción en hospitales y centros de salud de todas las comunidades, para garantizar la disponibilidad territorial, ágil y gratuita de este derecho a los niños y niñas de pueblos originarios y afrodescendientes. Esta acción concreta ha garantizado que niños y niñas cuenten con el reconocimiento de sus padres.

Desde el año 2007, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional ha priorizado sus esfuerzos para garantizar el goce y disfrute del derecho a la vida de la población en general, y de forma particular, de las niñas y niños pertenecientes a los pueblos originarios y afrodescendientes, en cumplimiento del artículo 23 de la Constitución Política de la República que concibe este derecho como inviolable e inherente a la persona humana.

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (2007), ejecuta actualmente los Ejes del Programa Nacional de Desarrollo Humano (2018-2021)11, lo que ha permitido que se obtengan excelentes resultados en la reducción de la mortalidad perinatal y materna, la desnutrición y la pobreza extrema, contribuyendo positivamente en el derecho a la vida de las y los niños pertenecientes a pueblos originarios y afrodescendientes.

Con el objetivo de reducir la mortalidad perinatal y materna, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, ha construido casas maternas en todo el territorio nacional, especialmente en las comunidades apartadas de centros urbanos, donde habitan grandes asentamientos de hermanas y hermanos pertenecientes a los pueblos originarios y afrodescendientes.

Las casas maternas, son instalaciones donde se albergan mujeres que en su mayoría habitan en zonas de difícil acceso, que se trasladan previamente desde sus hogares para la espera del parto. Dentro de las casas se garantiza alimentación, alojamiento, vigilancia del embarazo, higiene personal, ambiental, consejería en lactancia materna, planificación familiar y cuidados del recién nacido entre otros.

El Gobierno de Nicaragua aumentó cuatro veces el número de casas maternas en el país, al pasar de 50 en 2007 a 180 a la fecha de corte del presente informe. Esta estrategia es referente mundial12 por los resultados para la prevención de la mortalidad infantil y perinatal en más de la mitad.

Con respecto a las acciones en contra de la desnutrición y la pobreza extrema en general, el Gobierno de Nicaragua concibe que el hambre es consecuencia de las condiciones de pobreza en la que vive la mayoría de la población.

Desde esta perspectiva integral, los Planes Nacionales y el actual Programa Nacional de Desarrollo Humano establece una estrategia amplia que incluye la garantía del acceso a la tierra, a créditos para hacerla producir, conocimientos para el mejoramiento y diversi-ficación de la producción, y la implementación de programas para combatir el hambre.

De forma ejemplar, el Gobierno de Nicaragua ejecuta una estrategia de seguridad alimentaria y nutricional, en cumplimiento del artículo 63 de la Constitución Política que reconoce el derecho de los nicaragüenses a estar protegidos contra el hambre.

En virtud de lo anterior, se han desarrollado programas alimenticios tomando en cuenta el derecho de definir sus propias estrategias sostenibles de producción, distribución y consumo de alimentos, que garanticen el derecho a la alimentación, respetando las propias culturas de los pueblos originarios y afrodes-cendientes, sus formas de organización y la diversidad de sus modos de producción agropecuaria y de comercialización13. Para mayor información se puede consultar el aporte de Nicaragua No. 1 (página 19, del presente informe).

En alusión al derecho a la integridad física y mental, de los niños y niñas pertenecientes a pueblos originarios y afrodescendientes, en la República de Nicaragua, toda persona tiene el derecho constitucional a que se respete su integridad física, psíquica y moral, en línea con el artículo 36 de la Carta Magna.

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, como parte de la “Política Nacional de Primera Infancia Amor para los Más Chiquitos y Chiquitas”, concibió una estrategia educativa que refleja el interés del Gobierno por impulsar una nueva cultura relacional que respete y promueva los derechos de la niñez y reconoce que las niñas y los niños tienen derecho a crecer libres de la violencia, lo que incluye a los niños y niñas pertenecientes a los pueblos originarios y afrodescendientes.

Se parte con que, las ofensas y golpes que las madres y padres usan habitualmente como método disciplinario, dañan severamente el desarrollo integral de las niñas y los niños, afectan su autoestima y lesionan su integridad física.

Desde el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez a través de la Promotoría Social Solidaria, se promueven estrategias educativas para las familias a fin de prevenir el castigo físico y la violencia psicológica, en todo el territorio nacional.

El Gobierno de Nicaragua promueve que se respete la dignidad de los niños y niñas pertenecientes a los pueblos originarios y afrodescendientes, a través de relaciones armoniosas, diálogo e intercambio de ideas, opiniones, en la búsqueda de un consenso que sin ignorar las responsabilidades de cuidado y protección de los adultos hacia las niñas y niños se establezcan espacios sociales, familiares y comunitarios propicios para el desarrollo de identidades infantiles independientes, propositivas y activas.

El Derecho a la libertad y la seguridad de las niñas y niños pertenecientes a pueblos originarios y afrodescendientes, así como la prevención de la violencia han sido prioridad para el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN), en cumplimiento con el artículo 25 de la Constitución Política.

Con el fin de lograr lo anterior, en la República de Nicaragua, la Policía Nacional, cuerpo armado de naturaleza civil, tiene a su cargo la totalidad de la actividad policial y se organiza en un modelo preventivo, proactivo y comunitario, con la participación protagónica de los habitantes, la familia y la comunidad.

Garantiza el orden interno, la seguridad de las personas y sus bienes, la prevención, persecución e investigación del delito y lo demás que le señala la Constitución Política y el Ordenamiento Jurídico Nacional, siendo un cuerpo profesional, apolítico, apartidista, obediente y no deliberante, regida en estricto apego a la Constitución Política a la que le guarda respeto y obediencia.

De forma particular, la Policía Nacional, junto a las estructuras de los Gobiernos Regionales de la Costa Caribe, desarrollan planes de trabajo para brindar la seguridad y prevención de la violencia en niños, niñas, adolescentes y jóvenes pertenecientes a los pueblos originarios y afrodescendientes.

Ejemplo emblemático de ello, es el Programa Interinstitucional de Atención y Desarrollo Integral de la Adolescencia y la Juventud14, que promueve la construcción de una Cultura de Paz en Nicaragua, con especial énfasis en las comunidades rurales donde habitan familias originarias y afrodescendientes. Los componentes de este programa son: atención social inter-institucional a la juventud y adolescencia. cultura joven, cultura de paz. Emprendimiento y desarrollo juvenil, y relación policía y comunidad.

Este programa ha logrado una estrecha y positiva relación y articulación entre los oficiales de la Policía Nacional y las familias de pueblos originarios y afrodescendientes, de manera especial, con niños, niñas, adolescentes y jóvenes y ha contribuido a la eliminación de la violencia entre jóvenes y erradicando y previniendo la formación de grupos antisociales.

La República de Nicaragua es el país más seguro de Centroamérica15, como resultado de programas y proyectos que trabajan con grupos en riesgo para la prevención de delitos. Esta seguridad contribuye a que los niños y niñas se desarrollen plenamente, en un ambiente libre de peligros, vicios y delitos.

En ese mismo orden de ideas, la Política Nacional para la Primer Infancia contempla líneas de Acción para la Prevención de todas las formas de violencia contra la niñez, atención a las víctimas y sanción para los agresores, siendo:

  1. Fortalecer los programas socios educativos dirigidos a madres y padres de familias y tutores de niñas, niños, a fin de modificar los patrones de crianza de sus hijas e hijos, sobre la perspectiva de educar con amor y ternura.

  1. Incluir contenidos de educación sexual desde la Educación Preescolar y Primaria para promover en la niñez una sexualidad sana, responsable y prevenirles de los acosos sexuales.

  1. Establecer coordinaciones con organizaciones sociales que trabajan el tema de explotación sexual comercial, a fin de impulsar acciones en conjunto que contribuyan a la erradicación del abuso sexual.

  1. Fortalecer los programas de atención psicológica a niñas, niños y adolescentes que son víctimas de maltrato físico y/o psicológico, abuso sexual, a fin de restituir su estado físico, emocional y espiritual.

  1. Prevenir la violencia sexual a través de campañas educativas y el fortalecimiento de las instancias encargadas de atender a las víctimas y sancionar a los responsables de la comisión de delitos.

  1. Promover en las familias modelos relacionales libres de violencia.

  1. Fortalecer el trabajo de la Unidad de Consejería Escolar del Ministerio de Educación (MINED) para promover la disciplina escolar sin recurrir a métodos de castigo físico.

  1. Promover en las familias a través de la Promotoría Solidaria estilos de crianza libre del castigo físico, modelos educativos que fortalezcan la autoestima e identidad de niñas y niños.

  1. Garantizar atención integral (salud, psicológica, familiar, comunitaria) a la niñez víctima de maltrato físico y psicológico y abusos sexuales por medio del Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez (MIFAN) y del Ministerio de Salud (MINSA).

  1. Brindar atención y acompañamiento sicosocial a las familias que viven a lo interno situaciones de violencia, en donde madres, padres, hijas, hijos y demás familiares participan para recrear relaciones, sanar y estabilizar al hogar como unidad social.

  1. Fortalecer la red familiar y comunitaria de protección de la infancia.

  1. Establecer coordinaciones con las instituciones del Sistema de Justicia, en particular con la Policía Nacional y Ministerio Público para que las niñas y niños víctimas de violencia intrafamiliar y sexual tengan derecho al acceso a la justicia y sus agresores no queden en la impunidad.

En referencia al acceso a la justicia, en la República de Nicaragua, por mandato constitucional, la administración de la justicia garantiza el principio de la legalidad; protege y tutela los derechos humanos, y garantiza el acceso a la justicia mediante la aplicación de la ley en los asuntos o procesos de su competencia.

La administración de justicia reconoce la participación ciudadana a través de los líderes tradicionales de los pueblos originarios de la Costa Caribe y los Facilitadores Judiciales en todo el país, como métodos alternos de acceso a la justicia y resolución alterna de conflictos, en línea con el artículo 160 de la Constitución Política.

En virtud de lo anterior, en las Regiones Autónomas de la Costa caribe de Nicaragua, la administración de justicia se rige por regulaciones especiales que reflejan las particularidades culturales propias de las Comunidades de la Costa Caribe, de conformidad con la Constitución Política de Nicaragua.

En la República de Nicaragua, se reconoce la capacidad de adquirir derechos y obligaciones a niños, niñas y adolescentes16. De forma particular, en el caso de los pueblos originarios y afrodescendientes, las autoridades territoriales y comunales también serán competentes y se regirán por las regulaciones particulares de acuerdo al derecho consuetudinario, indígena y afrodescendiente.

Se reconoce y se respeta la vida y la estructura comunitaria de nuestros pueblos originarios y afrodescendientes, sustentados en la práctica de la solidaridad y comple-mentariedad de sus familias y autoridades, en armonía con la Madre Tierra dentro de su paradigma del buen vivir, en una clara inspiración de valores cristianos, ideales socialistas y prácticas solidarias.

El reconocimiento por parte del Estado a las costumbres propias de los pueblos originarios y afrodescendientes, es una de las tareas del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, como parte del proceso de restitución de derechos a familias originarias, lo que se ve manifestado en el sistema judicial, permitiendo a víctimas de estos pueblos, escoger entre la justicia comunal (si el delito merece pena menor a cinco años), o la justicia formal. En el primer caso, un juez comunal (Wihta), impone penas morales no privativas de la libertad, que sean en beneficio de toda la comunidad.

El Estado de Nicaragua ha diseñado y elaborado un protocolo para fortalecer la capacidad de respuesta y articulación interinstitucional con acceso efectivo a la justicia cumpliendo con los estándares de derechos humanos, perspectiva de género y una protección integral, garantizando los derechos de las niñas, niños y adolescentes, víctimas de violencia sexual. El Protocolo fue elaborado de forma conjunta por el Ministerio de Educación, Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez, Ministerio de Salud, Policía Nacional a través de las Comisarías de la Mujer, Niñez, y Familia, Ministerio Público y Corte Suprema de Justicia a través de la Secretaría Técnica de Género, Defensoría Pública y el Instituto de Medicina Legal, para continuar el fortalecimiento de las medidas necesarias en la atención integral de niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual.

  1. No discriminación, salud, vivienda (como parte del derecho a un nivel de vida adecuado y no discriminación); educación. (artículos 14, 17 y 21)

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN), fiel a su compromiso real con el desarrollo nacional, así como garantizar el avance progresivo en los derechos humanos de la nación nicaragüense, ha desarrollado planes de trabajo generales y específicos, en consulta con todos los sectores, lo que incluye a los pueblos originarios y afrodescendientes.

Resultado de lo anterior, el Gobierno de Nicaragua ha mejorado las condiciones económicas y sociales de los pueblos originarios y afrodes-cendientes, impactando positivamente en el goce y disfrute del derecho a la salud, vivienda, empleo, trabajo, cultura, educación, sin ningún tipo de discriminación y en especial de las niñas y niños pertenecientes a los pueblos originarios y afrodescendientes.

Es política del Estado de Nicaragua asegurar que todos los servicios que brinda el Gobierno a través de sus instituciones y las instituciones propias de Gobiernos Regionales, sean accesibles, en lenguas maternas y con todas las condiciones para el disfrute de las niñas y niños perte-necientes a los pueblos originarios y afrodes-cendientes, en cumplimiento del mandato constitucional de igualdad y no discriminación.

En ese mismo sentido, los nicaragüenses tienen derecho, sin discriminación, a la salud. El Estado establece las condiciones básicas para su promoción, protección, recuperación y rehabilitación, correspondiéndole dirigir y organizar los programas, servicios y acciones de salud y promover la participación popular en defensa de la misma, en cumplimiento con el artículo 59 de la Constitución Política.

Las comunidades de la Costa Caribe de Nicaragua definen un modelo de atención de salud conforme a sus tradiciones, cultura, usos y costumbres dentro del marco de las políticas, planes, programas y proyectos del Ministerio de Salud, en virtud de la ley No. 423 “Ley General de Salud”.

El Ministerio de Salud coordina con los Consejos Regionales todos los aspectos relacionados con los modelos de gestión institucionales, así como los requeridos para promover la descentra-lización, desconcentración y delegación en estas regiones.

Los Consejos Regionales Autónomos pueden crear sus Instituciones administrativas de Salud que consideren convenientes para la administración de los Servicios de Salud, todo en el marco de la autonomía y acorde con las políticas normas y procedimientos nacionales de salud.

En línea con lo anterior, el artículo 8 del Estatuto de Autonomía de la Costa Caribe de Nicaragua, reconoce como parte de las atribuciones de las Regiones Autónomas, administrar los programas de salud, entre otros, en coordinación con los Ministerios de Estado correspondientes.

Desde el año 2007, el Gobierno de Nicaragua ha garantizado que las y los nicaragüenses gocen y disfruten del derecho humano a la salud, con calidad y calidez, después que durante 16 años de Gobiernos Neoliberales se privatizara este derecho, convirtiéndolo en una mercancía.

Como resultado de la privatización de la salud, los centros de salud y hospitales se encontraban desprovistos de insumos médicos y medicamentos; eran

las familias las que asumían el costo de las medicinas; la nula inversión en infraestructura médica, amplió la lista de personas esperando una operación.

Bajo el modelo economicista de la salud, el sistema exigía a los médicos como muestra de eficiencia, la atención de determinada cantidad de pacientes al día, lo que atentaba contra el humanismo y la calidez de la atención, que se volvía mecánica.

Los pocos recursos disponibles eran destinados a la salud curativa, descuidando la preventiva. Estos y otros, son los retos que enfrentó el segundo gobierno sandinista

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, a través del Plan Nacional de Desarrollo Humano, concibe dentro de la Política de Salud, a esta como “un factor de desarrollo y un derecho humano”.

La salud de las niñas y los niños en general, así como la de los niños y niñas pertenecientes a comunidades originarias y afrodescendientes es protegida desde la concepción, que implica la atención integral a la madre durante la gestación y durante el parto y la atención integral a las niñas y niños durante los primeros años de vida, con énfasis especial, en el primero.

El Gobierno de Nicaragua ha logrado ampliar la cobertura de la atención prenatal y parto seguro en las instalaciones sanitarias, acciones que han impactado positivamente en la reducción de la mortalidad materna e infantil.

El Modelo de Salud Familiar y Comunitaria (MOSAFC), ha propiciado la movilización social en torno al derecho a la salud, creando conciencia de la responsabilidad familiar en el cuidado de la salud de las niñas y niños, lo que ha permitido ampliar la cobertura de inmunizaciones y suplementación de vitaminas, jornadas de desparasitación, etc.

Las niñas y los niños reciben los medicamentos de forma gratuita, son atendidos en las unidades de salud con médicos generales y especialistas, según lo requieran.

El cuidado de la salud se ha llevado a las escuelas a través de jornadas de promoción del lavado de manos, manejo adecuado de la basura y la salud bucal, a través de enjuagues de flúor, todas estas acciones tienen la ventaja de irradiar a la familia de la niña y el niño.

La morbilidad infantil, expresada principalmente en las enfermedades respiratorias y diarreicas agudas, se ha reducido, gracias a la implementación de estrategias preventivas, como la cloración del agua, ampliación de las terapias de rehidratación oral, mejoramiento de viviendas, jornadas de limpieza de calles y patios, etc.

Desde el año 2007, el Gobierno de Nicaragua ha garantizado más infraestructura de salud modernizada: 18 nuevos hospitales; más personal capacitado: 36,649 trabajadores de la salud en 2020 comparados a 22,083 en 2006; 6,045 médicos en 2020 comparados a 2,715 en 2006.

Y con programas emblemáticos y solidarios que ponen de manifiesto el compromiso sagrado del GRUN por restituir derechos a la población; Todos con voz, Amor para los más chiquitos y chiquitas, Operación Milagro, a partir de la organización del Modelo de Salud Familiar y Comunitario (MOSAFC), trabajando en conjunto con la red comunitaria y con una mayor inversión presupuestaria.

La construcción de infraestructura ha restituido el derecho de pueblos originarios y afrodes-cendientes a la salud, especialmente de niños y niñas. De igual forma, se capacita permanentemente a todo el personal de salud, para brindar atención con calidad y calidez y en lenguas maternas.

En 2014, el Gobierno de Nicaragua promovió ante la Asamblea Nacional, la Ley de Medicina Natural, Terapias Complementarias Y Productos Naturales en Nicaragua17. En esta, se orienta que hospitales y cualquier establecimiento de salud en la Costa Caribe, adapten sus métodos de atención con los tradicionales en las comunidades de pueblos originarios:

“En el caso de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe de Nicaragua, el Ministerio de Salud incorporará la Medicina Natural, terapias complementarias y productos naturales en los Convenios con los Gobiernos y Concejos Regionales de forma pertinente y adecuada a las necesidades, cosmovisión, tradición y cultura de los pueblos y comunidades indígenas y afro descendientes”.
 

Esta disposición acerca el derecho a la salud de niños, niños y adolescentes y adapta a su entorno, costumbres y tradiciones.

Otra buena práctica del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional para garantizar el derecho a la salud de los niños y niñas en general, así como los pertenecientes a los pueblos originarios y afrodescendientes es que anualmente, es que el Ministerio de Salud desarrolla la jornada nacional de vacunación, llevando casa a casa las vacunas gratuitas para inmunizar a niños y niñas, sin discriminación y con prioridad en comunidades distantes de establecimientos de salud.

Con respecto a las viviendas, el Gobierno de Nicaragua ha tenido como prioridad garantizar que los y las nicaragüenses tengan derecho a una vivienda digna, cómoda y segura que garantice la privacidad familiar, en cumplimiento con el artículo 64 de la Constitución Política.

Los actuales ejes del Programa Nacional de Desarrollo Humano, correspondiente del 2018-2021, reafirman la voluntad del Gobierno de Nicaragua de promover la construcción y adquisición de nuevas viviendas familiares, continuar apoyando la construcción de viviendas de interés Social para las familias de bajos ingresos y fomentar y desarrollar políticas para impulsar las reparaciones y mejoras de las viviendas.

Hasta el año 2007, las familias pobres se encontraban excluidas de los programas de vivienda; los que se habían diseñado sólo estaban disponibles para sectores con ingresos medios y altos, no para la inmensa mayoría empobrecida después de 16 años de liberalismo. Aproximadamente el 12% de las familias habitaban ranchos o viviendas improvisadas.

Otro sector de la población carecía de agua potable y servicio de electricidad. Cuando las viviendas no disponen de fuentes de agua segura, los que la habitan, principalmente las niñas y los niños se encuentran en riesgo de contraer enfermedades diarreicas, riesgo que se ve incrementado cuando el piso de las viviendas es de tierra.

El cumplimiento del derecho a una vivienda digna y adecuada es fundamental para garantizar seguridad a las niñas y niños. El Gobierno de Nicaragua construyó alrededor de 118 mil 45 viviendas en todo el país del 2007 al 2018.Los programas que benefician a las mujeres a través del otorgamiento de créditos productivos, también inciden en el mejoramiento de las viviendas. Una vivienda digna, libre de hacinamiento y con servicios básicos instalados, garantiza bienestar a las niñas y los niños, pues les aseguran condiciones propicias para su crecimiento y desarrollo.

En la República de Nicaragua, se garantiza que los pueblos indígenas y afrodescendientes tengan el pleno reconocimiento de los derechos de propiedad comunal, uso, administración, manejo de las tierras tradicionales y sus recursos naturales, mediante la demarcación y titulación de las mismas, de conformidad con la Ley.

Como parte del proceso de restitución de derechos a las familias de Pueblos Originarios y Afrodescendientes, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, ha promovido la adopción de la legislación necesaria para asegurar la tenencia de la tierra a las comunidades caribeñas, tierras donde históricamente han vivido y no contaban con el título de propiedad.

Desde el 2007, se han entregado títulos de propiedad comunales a territorios en zona especial de las Regiones Autónomas del Caribe Norte y Sur y los territorios indígenas de Altos Coco, Bukawas (Río Bocay) y del Río Indio y Maíz. La seguridad de las familias en la tenencia de sus tierras heredadas, garantiza que niños y niñas permanezcan en sus lugares de origen, sin necesidad de recurrir a la migración y sin abandonar sus raíces étnicas y culturales, arraigadas en cada una de sus comunidades.

A inicios de 2021, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, promovió en el parlamento, la aprobación de la Ley que Declara y Define Reserva de Biósfera del Caribe Nicaragüense, a un área total de más de 4,415 hectáreas que contienen riquezas naturales y ecosistemas costeros y marinos completos de alto valor ecológico y económico en la región del Caribe nicaragüense. La ley señala la necesidad de proteger el patrimonio natural de la nación y garantizar el derecho de las comunidades de las regiones del Caribe nicaragüense al desarrollo sostenible y a enfrentar los impactos del cambio climático.

A las niñas y niños pertenecientes a pueblos originarios y afrodescendientes se les garantiza sin discriminación su Derecho a la Educación, de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional e instrumentos internacionales de Derechos Humanos.

La Constitución Política de la República de Nicaragua reconoce que los y las nicaragüenses tienen derecho a la educación y a la cultura (Artículo 58). Por su parte, la Ley No. 28, Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Caribe de Nicaragua reconoce como parte de los derechos de las Comunidades de la Costa Caribe la educación en su lengua materna y en español, mediante programas que recojan su patrimonio histórico, su sistema de valores, las tradiciones y características de su medio ambiente, todo de acuerdo con el sistema educativo nacional (Arto. 11, numeral 5).

En esa misma línea, la Ley General de Educación, protege el acceso de niños y niñas de pueblos originarios y afrodescendientes al sistema de educación público, gratuito y universal del país, en los siguientes términos:

“La educación en las Regiones autónomas, es un derecho fundamental de los pueblos indígenas Afro-descendientes y comunidades étnicas de la Costa Caribe reconocido en la Constitución Política del país y como servicio público indeclinable a cargo del Estado, es indisoluble de la Autonomía Regional”18


Desde el año 2007, el Gobierno de Nicaragua ha centrado sus esfuerzos para garantizar que los y las nicaragüenses tengan una educación de calidad en todo el territorio nacional, avanzando progresivamente en la disponibilidad económica, territorial y material, accesibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad en la educación.

El 11 de enero del 2007, marca una fecha histórica para el sistema de educación nacional de Nicaragua, en esa fecha y luego de asumir nuevamente la presidencia el Comandante Daniel Ortega, lo primero que hizo fue eliminar la autonomía escolar y garantizar que miles de niños y jóvenes ingresarán a las aulas de clases, como parte de la gratuidad en la educación.

La voluntad política de aumentar de manera sostenida el presupuesto destinado a garantizar el derecho a la educación, ha permitido la construcción y rehabilitación de centros escolares de todo el país, sin excluir a las comunidades de pueblos originarios y afrodescendientes.

El sistema de educación no solo garantiza la enseñanza científica y humanista, también provee de alimentos a través del Programa Integral de Nutrición Escolar, para cocinar meriendas escolares a niños y niñas, promoviendo la asistencia y retención escolar, con la participación de la comunidad y una estrecha coordinación inter-institucional, primordialmente en las comunidades alejadas de zonas urbanas.19

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional se ha esforzado por suministrar textos científicos con traducciones a lenguas maternas de pueblos originarios al Sistema Educativo Autonómico Regional, especialmente en Miskitu, Tuahka, Kriol, Panamahka y Ulwa, para impartir todas las asignaturas de la curricula escolar en escuelas de la Costa Caribe Nicaragüense, bajo la Educación Intercultural Bilingüe20.

Los y las docentes reciben capacitaciones mensuales, para la correcta planificación de los contenidos a abordar en clases, logrando de esta forma, un abordaje actualizado de todas las materias y acorde a los nuevos tiempos que vive el mundo.

En el contexto de la Pandemia Covid-19, Nicaragua no cerró sus escuelas públicas, resguardando el derecho a la educación pública de niñas, niños y adolescentes, aplicando las medidas sanitarias y de bioseguridad correspondientes. Esto permitió que, a pesar de la Pandemia, desde el 2007 a la fecha de corte del presente informe, se ha mantenido una matrícula promedio de 1.7 millones de estudiantes en todos los niveles educativos.

Para asegurar el derecho a la educación con igualdad, el Gobierno de Nicaragua asegura el 100% de la educación primaria en 11,000 escuelas rurales; las que se garantiza la merienda escolar, como parte de la estrategia alimentaria y nutricional, con absoluta igualdad, sin discriminación y ajustadas a las costumbres de los pueblos originarios y afrodescendientes, asegurándose el derecho a la alimentación.

La voluntad política del Gobierno de Nicaragua se ve reflejada en la acción rápida para reconstruir las escuelas destruidas por los Huracán Iota y Eta de 2020 en la Costa Caribe, movilizando todos los recursos necesarios21 hasta las comunidades más alejadas de cascos urbanos, logrando así el inicio normal del año lectivo 2021; asegurando la construcción y funcionamiento de aulas móviles (escuelas pre-fabricadas), las que se encuentran equipadas con materiales educativos y equipos de tecnología.

Estas acciones concretas, garantizan que niños, niñas y adolescentes de pueblos originarios y afrodescendientes, tengan acceso a un sistema de educación sin discriminación y adecuado a su realidad, costumbres y tradiciones heredadas de generación en generación.

Adicionalmente, la Policía Nacional de la República de Nicaragua implementa programas destinados a brindar seguridad en las escuelas, protegiendo a las y los niños de los pueblos originarios y afrodescendientes de una serie de delitos, y de forma particular contra la explotación económica y contra todo trabajo que pueda resultar peligroso o interferir en la educación de los mismos, o que pueda ser perjudicial para la salud o el desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social de los niños, teniendo presente su condición de vulnerabilidad y la importancia de la educación como motor transformador de todo el país.

Managua, 12 de Marzo de 2021.

NOTAS

1Artículo 1 Constitución Política de Nicaragua.

2Artículo 5 Constitución Política de Nicaragua.

3Artículo 5 Constitución Política de Nicaragua.

4El Plan se ha desarrollado en tres etapas: 2007 – 2011; 2012 - 2016; 2019 - 2029.

5Artículo 11 de la Constitución Política.

6Artículo 121 Constitución Política de Nicaragua.

7Artículo 38 de la Ley No. 582 “Ley General de Educación”.

8En línea con el artículo 10 de la Ley General de Salud.

10La norma constitucional, realiza una excepción: los hijos de extranjeros en servicio diplomático, los de funcionarios extranjeros al servicio de organizaciones internacionales o los de enviados por sus gobiernos a desempeñar trabajos en Nicaragua, a menos que optaren por la nacionalidad nicaragüense.

12Nicaragua es reconocida por estrategia de Casas Maternas para reducir la mortalidad materna y perinatal(https://bit.ly/3q5XpWd).

13Como ejemplo de ello, se ha garantizando la distribución de alimentos de forma general a 14 mil familias en 15 municipios de la Costa Caribe (https://bit.ly/3pT9U7v).

17Ley De Medicina Natural, Terapias Complementarias Y Productos Naturales en Nicaragua (https://bit.ly/3oYP9G8

18Artículo 39, Ley General del Educación de Nicaragua (https://bit.ly/3a5DFws).

19Programa Integral de Nutrición Escolar (https://bit.ly/3p6fToj)

20Actualizan libros de texto de Educación Intercultural Bilingüe para el Caribe nicaragüense (https://bit.ly/3a3hhDz)

21Ministerio de Educación elabora aulas prefabricadas para atender escuelas afectadas por huracanes (https://bit.ly/36YwvYK)