Conferencia de Prensa de la Misión de Acompañamiento de la OEA en Elecciones Municipales de Nicaragua

Submitted bytortilla onMié, 08/11/2017 - 15:25

Conferencia de Prensa de la Misión de Acompañamiento de la OEA en Elecciones Municipales de Nicaragua

7 de Noviembre del 2017

Palabras de Wilfredo Penco

Muchas gracias. Buenos días a todos. Como dijo Clara, voy a dar lectura al Informe Preliminar de la Misión de Acompañamiento Electoral de la Organización de Estados Americanos.

La Misión en Nicaragua, encabezada por quien habla, Vicepresidente de la Corte Electoral de Uruguay, desplegó un Equipo de 60 Observadores, Coordinadores Regionales y Expertos, quienes observaron las Elecciones del Domingo en los 15 Departamentos y 2 Regiones Autónomas del País. El día de la Elección visitaron 787 Juntas Receptoras de Votos, en 393 Centros de Votación.

La Misión de Acompañamiento Electoral de la OEA en Nicaragua inició su despliegue el 9 de Octubre con una visita preliminar, para conocer de primera mano el avance en la organización de los Comicios Municipales, y la perspectiva de los diversos actores sobre el Proceso Electoral. 

Quedó instalada el 12 de Octubre, con la llegada de los 3 Observadores que integraron el Grupo Móvil; durante 2 semanas este Equipo recorrió los 15 Departamentos y 2 Regiones Autónomas del País, para observar los preparativos de la Elección en terreno, y reunirse con los diferentes actores del Proceso Electoral a nivel Local.

La semana previa a la Votación llegó al País el Equipo de Especialistas en Organización Electoral, Registro Electoral, Tecnología Electoral, Inclusión, Partidos Políticos, Financiamiento Electoral y Justicia Electoral. La Misión se terminó de integrar con la llegada de los Coordinadores y los Observadores Internacionales.

Durante su estadía en el País mantuvo Reuniones con Autoridades de Gobierno y Electorales, con Representantes de los Partidos Políticos y Alianzas que participan en la Contienda, y con varias Personalidades y Organizaciones de la Sociedad Civil.

El día de la Elección, los Miembros de la Misión observaron la Conformación y Apertura de las Juntas Receptoras de Votos, el desarrollo de la Votación, y el Escrutinio. Posteriormente, acompañaron el traslado de las Actas a los Centros de Cómputos Municipales, donde observaron la Recepción y el archivo de los Documentos, su Procesamiento y Revisión Aritmética, así como la Transmisión de Resultados.

En Managua, los Especialistas en Tecnología y Organización Electoral estuvieron presentes en el Centro de Cómputos Nacional, donde observaron la puesta en cero de las Bases de Datos del Cómputo Nacional y la tabulación de los Resultados.

La Votación transcurrió de manera tranquila, fluida, pacífica y sin mayores incidentes; sin embargo, al finalizar esta Etapa se produjeron una serie de incidentes de violencia aislados, que resultaron en la muerte de 5 personas y varios heridos. La Misión lamenta estos hechos, y solicita a las Autoridades que realicen las investigaciones correspondientes, y que castiguen a los responsables de los crímenes. 

La totalidad de las Juntas Receptoras de Votos observadas por Miembros de la Misión estuvo integrada por todos sus Miembros Titulares, con un 70% de Mujeres en la Presidencia. Además observó la presencia de Fiscales de los diferentes Partidos, siendo la mayoría de los Representantes del Frente Sandinista de Liberación Nacional, 100%; del Partido Liberal Constitucionalista, 67%, y de Ciudadanos por la Libertad, 58%, lo que aseguró, con carácter general, un control pluralista por parte de los Partidos Políticos. Sumado a esto, se tomó nota de que no se observaron acciones de proselitismo en los Centros de Votación, ni en las áreas colindantes.

Los Observadores reportaron que las Juntas Receptoras de Votos observadas abrieron en promedio a las 7:13 de la mañana, y contaban con todos los Materiales Electorales indispensables para la votación. Al momento de la Apertura, los Observa-dores reportaron que algunos Partidos recibieron copias del Acta de Apertura en blanco, debido a que el papel carbónico utilizado solo alcanzaba para imprimir los datos en 2 o 3 copias. 

A lo largo de la Jornada, Ciudadanos se acercaron a los Observadores de la OEA para reportar que a su llegada al Centro de Votación habían constatado no estar en el Padrón de las Juntas Receptoras de Votos correspondientes a ese Centro, donde habían votado tradicionalmente.  Se recibieron 36 denuncias que serán trasladadas al Consejo Supremo Electoral, dado que no corresponde a la Misión su investigación ni su Resolución.

Los Observadores de la OEA constataron que en algunos casos aislados se permitió votar a Ciudadanos que no estaban ni en el Padrón, ni en la Lista de Cedulados. Vale aclarar que estas personas no formaban parte del grupo que podía votar en una Junta Receptora de Votos donde no estaban empadronadas: Coordinadores de Centro, Miembros de las Juntas Receptoras, Técnicos de Ruta, Policías Electorales, Fiscales, Personal Auxiliar, Militares y Policías.

La Legislación contempla, que Militares y Policías que se encuentren movilizados fuera de la Circunscripción de su Junta Receptora puedan votar en la Junta más cercana, siempre que presenten la Constancia respectiva. A pesar de estar contemplado en la Normativa, la Misión re-cibió denuncias de Ciudadanos preocupados porque las Fuerzas de Seguridad llegaron a votar en grupo, aumentando de manera significativa la cantidad de Votantes en una misma Junta. En este contexto, se observaron sólo 2 casos en los que los Militares votaron sin entregar la Carta de Constancia. 

La Misión constató que las responsabilidades de los Policías Electorales y de los Coordinadores de Centro no están contempladas en la Normativa vigente, sino en la Cartilla de Capacitación. La Misión observó que en algunos casos la actuación de estos Representantes del Consejo Supremo Electoral se superpuso con las Funciones que son responsabilidad exclusiva de los Miembros de las Juntas Receptoras de Votos.

La Misión identificó una mejora en los Materiales Electorales utilizados para el Cierre de las Mesas. El Acta de Escru-tinio contenía un Código de Barra que permitió un mejor control y monitoreo de las Actas; sin embargo, al tener que utilizar papel carbón para hacer copias se repitieron los mismos problemas identificados en la Apertura de las Juntas, cuando los Fiscales de Partidos tuvieron dificultades para obtener Actas legibles.

Al momento del Escrutinio los Miembros de las Juntas afrontaron dificultades en el conteo de los votos. Esta situación se debió, en parte, a que en la misma Boleta se marcaba la preferencia para ambas Elecciones, Alcaldías y Concejos Municipales, y a la falta de conocimiento de los Procedimientos de algunos Miembros de las Juntas Receptoras.

Pasada las 11 de la noche, el Consejo Supremo Electoral difundió los Resultados en una Rueda de Prensa; a partir de esa hora la Página Web de la Institución contó con datos sobre los Resultados a Nivel de Juntas. Asimismo, los Delegados de los Partidos Políticos pudieron revisar las Actas desde una Terminal dedicada en el Centro de Cómputo Nacional.

La Misión de Acompañamiento de la OEA en el País ha realizado un Análisis Integral del Proceso, con el fin de contribuir al mejoramiento continuo del Sistema Electoral nicaragüense. La Misión presenta una serie de Observaciones y Recomendaciones Preliminares; posteriormente presentará un Informe Completo ante el Consejo Permanente de la Organización que será entregado también al Consejo Supremo Electoral, y distribuido a los actores del Proceso Electoral.

Organización y Tecnología Electoral. Capacitación: El Consejo Supremo Electoral produce una Cartilla de Capacitación y un Cuaderno de Ejercicios que se utilizan para la Capacitación de los Funcionarios Electorales.

El Consejo Supremo Electoral capacita a los Integrantes de los Consejos Electorales Departamentales, quienes hacen lo propio con los Consejos Electorales Municipales y las Juntas Receptoras de Votos. También capacita a los Capacitadores de los Partidos, para que ellos instruyan a los Fiscales Electorales.

A pesar de este Esquema, la falta de Recursos Humanos y Materiales para brindar una Capacitación más específica y pedagógica se manifestó el día de la Elección en las Juntas Receptoras, algunos de cuyos Miembros y Fiscales partidarios tuvieron dificultades para realizar sus funciones. 

La Misión recomienda reforzar los Esquemas de Capacitación, dotándolos de Herramientas Pedagógicas y Sesiones Presenciales, que permitan asegurar que los Funcionarios que participen en el Proceso se familiaricen con los Procedimientos que tendrán que llevar a cabo el día de la Votación. 

Uso de la Tecnología Electoral: Durante la semana previa a la Elección la Misión visitó el Centro de Confección de Paquetes 

Electorales y Centros de Almacenamiento y Distribución de los Consejos Electorales y Municipales. En estas visitas se constató que el armado y la entrega del Material Electoral se realizan de forma manual y que no existen mecanismos de lectura informatizada para verificar que los paquetes estaban completos, y que fueron distribuidos adecuadamente. A pesar de estas limitaciones, la Misión constató que todas las Mesas observadas contaron con el Material necesario para llevar a cabo la Votación.

La Misión felicita la utilización de un Programa Informático para el Registro y Acreditación de los Fiscales de los Partidos ante las Juntas Receptoras de Votos, lo que contribuye a mejorar y tecnificar los controles del Personal que trabaja en el desarrollo del Proceso. De esta manera, se logró atender una dificultad señalada anteriormente por las Misiones desplegadas por la OEA.

La Misión invita al Consejo Supremo Electoral a continuar implementando Soluciones Tecnológicas que permitan agilizar y simplificar los procedimientos aplicados a lo largo de todo el Proceso Electoral. En ese sentido, se recomienda instalar una Plataforma o Programa Informático, que permita a los Miembros de los Consejos Electorales Municipales realizar todos los pasos necesarios para el Nombramiento y la Acreditación del Personal de las Juntas Receptoras de Votos. 

La herramienta podría contener un Módulo de Registro de los Miembros de las Juntas Receptoras para los diferentes Partidos Políticos, y su revisión, con el fin de facilitar la Acreditación de estos. Esto permitiría al mismo tiempo, generar Estadísticas Nacionales o Departamentales por diferentes Conceptos, Agrupaciones Políticas, Edades, Género, entre otras. 

Boletas: La Misión volvió a notar que el diseño de la Boleta dificultó el Proceso de Escrutinio. En ese sentido, la Misión reitera la Recomendación realizada en 2012 que resaltó los beneficios de utilizar Boletas diferentes para cada Elección. Con esta Propuesta se busca agilizar el Conteo y facilitar el Registro Preciso de Resultados, reduciendo el número de errores aritméticos. 

Copias de Actas: La Misión observó que las Copias de las Actas que reciben los Partidos Políticos no son legibles a partir de la tercera o cuarta versión. El sistema de papel carbón no cumple con las condiciones necesarias para garantizarles a todos los Partidos una prueba fehaciente de los Resultados Electorales de cada Junta Receptora. La Misión recomienda evaluar la implementación de un Sistema distinto, que asegure la legibilidad de los datos.

Divulgación de Resultados: Para estas Elecciones, el Consejo Supremo Electoral presentó a través de su Página Web los Resultados a nivel de Junta Receptora de Votos, y permitió a los Partidos acceder a las imágenes de las Actas desde el Centro de Cómputos. La Misión saluda este avance que contribuye a la transparencia del Proceso. Esto va en línea con la Recomendación realizada por la OEA en 2012. 

Sería aconsejable que para las próximas Elecciones, las imágenes de las Actas escaneadas estén disponibles y accesibles también para la Ciudadanía en general, y no solo para los Fiscales de los Partidos Políticos. Para este fin, es necesario que el Consejo Supremo Electoral cuente con los escáneres y servidores adecuados, así como los mecanismos de seguridad, para proteger la integridad de la información. 

Acceso a la información: La Misión tomó nota de la necesidad de ampliar la publicidad de la Normativa y de los procedimientos relativos al Proceso Electoral en curso. La Página Web del Consejo Supremo Electoral podría contener la Normativa aplicable y la Memoria Histórica de Procesos Electorales, entre otra información valiosa, tanto para la Ciudadanía, como para los Partidos Políticos. 

En ese sentido, la Misión recomienda hacer pública toda la información de interés a la ciudadanía. Para que el Consejo Supremo Electoral pueda atender estos aspectos en materia de Organización Electoral es fundamental dotarlo de Recursos Humanos y Materiales necesarios. Solo así podrá modernizar y perfeccionar su Proceso.

Padrón Electoral: El Padrón Electoral de Nicaragua está integrado por todos los Ciudadanos que han ejercido el Voto al menos una vez en las 2 últimas Elecciones Generales, o en los otros Procesos Electorales celebrados entre medio. Esta definición responde a la necesidad de asegurar una depuración permanente del Registro Electoral; sin embargo, mediante la Reforma al Artículo 196 bis Transitorio de la Ley Electoral 331, publicada el 1° de Septiembre del presente año, se habilitó la posibilidad de que las personas que conforman el Listado de Ciudadanos Cedulados que no están en el Padrón Electoral, puedan solicitar su inclusión al mismo el día de la votación, y proceder a ejercer su Derecho de Voto.

Fomentar el Sufragio de la Ciudadanía a través de Reformas que habiliten a ejercer su Derecho al Voto a la mayor cantidad de personas es un aspecto necesario en todo Proceso Electoral, siempre que se haga con la debida anticipación, publicidad y los resguardos técnicos adecuados. Sin embargo, la necesidad de este tipo de Reformas responde a una limitación estructural que no se reduce exclusivamente al Registro Electoral, sino que responde a una cadena de procesos. 

La integridad y calidad de los Datos del Registro Electoral depende de la calidad de la información de la Cedulación, y a su vez, esta última depende de la integridad y acceso a la información correspondiente a la Inscripción de Nacimiento que maneja el Registro Civil de las Personas.

En Nicaragua, el Municipio es el responsable de elaborar las Actas de Nacimiento, Actas de Defunciones, Rectificaciones, Reposiciones, y todos los hechos vitales de las personas. Periódicamente se deben enviar las Actas a la Dirección General del Registro Central del Consejo Supremo Electoral, Entidad responsable del Registro y archivo centralizado de las Actas de Registro Civil originadas en los Municipios.

Al respecto, el Consejo Supremo Electoral desarrolló una aplicación que actualmente abarca, Inscripciones de Nacimientos, Reposiciones de Nacimiento y Defunciones, a fin de que los Municipios generen de manera electrónica el Acta, esta sea digitalizada, y se actualicen los Datos en Línea.

Actualmente hay 71 Municipios interconectados y 4 Hospitales en Managua. Esta aplicación ha facilitado la labor de los Municipios, y agiliza la atención de los Ciudadanos. Por su parte, las Actas de Nacimiento que surgen de los Municipios son la base que permite a la Dirección General de Cedulación del Consejo Supremo Electoral, tramitar, verificar datos, y proceder a la emisión de Cédulas. Se reconoce el establecimiento de un Proceso de Cedulación permanente con las Oficinas de Cedulación en 121 Municipios, que facilita la entrega de la Cédula de Identidad y la eliminación casi total del Documento Supletorio de Votación.

Los Puntos anteriores son un avance en áreas fundamentales que confluyen en la elaboración de un Padrón Electoral confiable. No obstante ello, este componente esencial para el Ejercicio del Sufragio continúa siendo un aspecto que requiere Medidas concretas para evitar la existencia de un Padrón y un Listado de Ciudadanos Cedulados que en términos prácticos podría generar falta de certeza. Contar con una sola Lista Electoral permitirá determinar con exactitud la tasa de participación.  

Nicaragua se beneficiaría de una Auditoría integral al Registro Electoral, que permita realizar diversos Ejercicios de Verificación y Control. Esto requiere identificar a las personas ceduladas que no votaron en las últimas 5 Elecciones, y realizar una verificación de datos contra Partidas de Nacimientos, datos cargados del Sistema Registral, Actas de Defunción pendientes de cargar y datos de Cédulas. Este Ejercicio también contribuirá con información sobre los diversos procesos registrales y de identificación de los nicaragüenses.

Complementariamente se recomienda continuar con la implementación en el resto de los Municipios del País del Sistema interconectado de Registro Civil que incluya la digitalización de Actas de Nacimiento y de Defunciones que constan en Libros físicos de los Municipios, particularmente de los Ciudadanos que hoy tienen Cédula, para ser incorporadas al mismo Sistema. 

Asimismo se recomienda una Campaña de implementación masiva del Formato de Cédula de Identidad vigente de 2014. Esto requiere una fecha límite para que los Ciudadanos tramiten este Formato y es una oportunidad para que en el proceso de renovación se verifiquen los datos de la Cédula con la Partida de Nacimiento, aportando con ello a la actualización y depuración del Padrón. 

A largo plazo se debe evaluar la implementación de un Sistema Biométrico de Cedulación. 

El Poder Electoral: En Nicaragua, la Administración Electoral constituye un Poder Independiente: Poder Electoral, integrado por el Consejo Supremo Electoral y Órganos Descentralizados; Consejos Electorales Departamentales o Regionales, Consejos Electorales Municipales, y Juntas Receptoras de Votos. La Misión recogió, tanto críticas, como apoyos, al Consejo Supremo Electoral.

La confianza en las Instituciones es un elemento fundamental en todos los Procesos Electorales. Para alcanzarla, o consolidarla, la Misión insta a encontrar Mecanismos que permitan fortalecer y promover la participación activa de Representantes de las Organizaciones Políticas en las Actividades del Poder Electoral en la medida que corresponda, generando así mayores niveles de confianza en la Autoridad, e institucionalizando los canales de Diálogo.

Los Consejos Electorales Departamentales o Regionales, los Consejos Electorales Municipales y las Juntas Receptoras de Votos tienen una conformación partidaria que se define a través de las Ternas presentadas por las Organizaciones Políticas.

Los Nombramientos los efectúan los Consejos Electorales del Nivel Superior. El Presidente y Primer Miembro de estos Órganos se reparten entre las Organizaciones Políticas que obtuvieron la mayor vo-tación en la última Elección General. El Segundo Miembro debe ser designado entre las Ternas de las Organizaciones Políticas restantes.

A excepción de la fecha para la Presentación de las Ternas que se encuentran reguladas en la Legislación, el procedimiento y el criterio de distribución entre las Organizaciones Políticas de los Integrantes de estos Consejos no está regulado en la Legislación vigente.

Durante este Proceso Electoral, las Organizaciones Políticas debieron presentar las Ternas cuando aún no se había definido si participarían de manera individual o a través de Alianzas.

Según el Calendario Electoral, las Ternas para los Consejos Electorales Departamentales o Regionales se presentaron entre el 10 y 25 de Mayo, y estos se conformaron el 1° de Junio; mientras que las Ternas de los Consejos Electorales Municipales se presentaron entre el 5 y el 10 de Junio y se conformaron el 15 de Junio. Las solicitudes para constituir Alianzas se podían presentar entre el 24 y el 28 de Julio, y las Alianzas quedaban inscritas entre el 2 y el 5 de Agosto. 

Por ello, al menos en los Consejos Electorales Departamentales y Regionales, y los Consejos Electorales Municipales, resultaba posible que un Segundo Miembro de estos Órganos fuera propuesto por una Organización Política que finalmente decidiera participar conjuntamente con la Primera o Segunda Fuerza Política de la última Elección General. 

En esta Elección se produjo una reducción de 1,521 Juntas Receptoras de Votos, y un posterior incremento de 137 Juntas Receptoras de Votos. 

Del Calendario Electoral se verifica que el Padrón Electoral preliminar y la primera distribución de Locales de Votación, Cartografía Electoral, se publicó el 7 de Agosto de 2017; sin embargo, se podían recibir objeciones de Ciudadanos y de Organizaciones Políticas hasta el 21 de Agosto, efectuar nuevas inclusiones o producir cambios de domicilio hasta el 6 de Octubre, lo que permitía tener un Padrón Electoral final y una Cartografía Electoral definitiva el 16 de Octubre del 2017. Es decir, cuando ya había vencido la fecha para designar Ternas para las Juntas Receptoras de Votos, plazo que inició el 29 de Septiembre y se extendió hasta ese mismo día. 

El Consejo Supremo Electoral habilitó un nuevo plazo para integrar estas nuevas Juntas, y para completar las Ternas presentadas originalmente. 

Se recomienda modificar la Ley Electoral o aprobar un Reglamento que defina el procedimiento de la designación de los Miembros de los Consejos Electorales Departamentales, Regionales, Municipales, y Juntas Receptoras de Votos, para establecer un Mecanismo que garantice la participación de la totalidad o la mayoría de las Organizaciones Políticas participantes en el Proceso Electoral. También, que la participación de Ternas se realice una vez que se defina el modo de participación de las Organizaciones Políticas, individual, o por Alianzas, para que ninguna esté sobre o sub-representada en estos Órganos.

Sumado a esto se considera central que, primero, se tenga certeza sobre el Universo de Electores habilitados en el Padrón Electoral, e incluso en el Listado de Cedulados no incluidos en el Padrón, y solo luego de ello se defina la cantidad de Juntas Receptoras de Votos, para no generar cambios posteriores que se presten a confusión o desconfianza en la población, o en las Organizaciones Políticas.

Sistema de Resolución de Disputas Electorales: Existe un Sistema de Impugnaciones que se deriva de la Ley Electoral, Ley 331 y sus Modificatorias; sin embargo este no ha sido objeto de un Reglamento. Por tanto, no se regulan con detalle los procedimientos existentes y su ámbito de impugnación.

Los medios de impugnación regulados por esta Ley tienen un ámbito muy limitado que no abarca la totalidad de temas que pueden afectar las Etapas previas al día de la Elección, el mismo día de la Elección y la Etapa Post-Electoral, y sólo pueden ser iniciadas por las Organizaciones Políticas, y no por los Ciudadanos. 
En ese sentido, muchas de las incidencias más relevantes que pueden afectar el Proceso Electoral, desde la Convocatoria hasta la Proclamación de Resultados, no cuentan con Mecanismos claramente establecidos legal y reglamentariamente para su impugnación.

Las Organizaciones Políticas y la Ciudadanía no emplean, por lo general, los Medios Impugnatorios y Mecanismos de Solución de Controversias existentes ante los diferentes Organismos Públicos competentes: Consejo Supremo Electoral, Fiscalía General de la República, Corte Suprema de Justicia de la República, sino que han preferido en esta oportunidad presentar la información ante los Medios de Comunicación o ante la Misión de Acompañamiento Electoral de la OEA.

Las controversias que resuelve el Consejo Supremo Electoral, 25 o 30 Resoluciones se notifican a las Organizaciones Políticas involucradas, pero no se ha establecido un mecanismo de publicidad a través de la Página Web, u otro, que permita mayor difusión para las Organizaciones Políticas y la Ciudadanía.
En el contexto de este Proceso Electoral  la Misión ha recibido hasta el momento 214 denuncias, que serán trasladas al Consejo Supremo Electoral. 

La Misión agradece la confianza de la Ciudadanía que la reconoce como un Medio para canalizar sus quejas, y reitera la importancia de que se utilicen los Mecanismos Jurídicos establecidos por Ley, para resolver pacíficamente las disputas.

Se recomienda regular las Controversias y Medios Impugnatorios aplicables al Proceso Electoral, para abarcar los principales cuestionamientos que impactan en la validez del Voto y en posibles afectaciones al Derecho de Participación Política. También generar claridad y predictibilidad respecto a los Procedimientos Legitimados, Plazos, Trámites, Recursos.

Partidos Políticos: La Ley Electoral No. 331 regula la conformación, participación, y cancelación o suspensión de la Personalidad Jurídica los Partidos Políticos. El Registro para la conformación de Partidos Políticos y Alianzas requiere la recolección del 3% de firmas de Ciudadanos, correspondiente al total de registrados en el Padrón Electoral de las últimas Elecciones Nacionales.

Las causales de pérdida de Personalidad Jurídica están desarrolladas taxativamente por la Norma, entre ellas, la no participación en las Elecciones que se convoquen, y en el caso de haber participado, el no haber obtenido al menos el 4% del total de Votos Válidos de las Elecciones Nacionales. 

Asimismo, el Artículo 82 establece que es un deber de los Partidos inscribir Candidatos en todas las Circunscripciones de la Elección en que participen, con excepción de las Elecciones Municipales en donde deben inscribir Candidatos en el 80% de los Municipios. La Misión recibió reclamos por parte de los Partidos Políticos, quienes manifestaron dificultades para cumplir con este requisito.

En este contexto, la Misión recibió denuncias de Ciudadanos que fueron inscritos como Candidatos sin ser consultados previamente; es decir, para completar los Requisitos los Partidos incluyeron en sus Listas a algunas personas a las que no habían consultado, para evitar que su Personalidad Jurídica fuera cancelada.

La participación de nuevos Partidos en la Contienda denota un Sistema Pluralista y las facilidades que existen para la creación de Partidos; sin embargo, la desintegración de Fuerzas Políticas por distintas causas refleja la dificultad para que estos permanezcan en la escena.

La Misión considera fundamental que se tomen las Medidas necesarias para fortalecer la Equidad y el Sistema de Partidos Políticos Nacionales, en el entendimiento de que son Instituciones indispensables para el funcionamiento de la Democracia. En ese marco, se recomienda la elaboración de una Ley de Partidos Políticos que contemple un Mecanismo de Financiamiento permanente, y Reglas de Democracia interna.
 
Financiamiento Político Electoral: La Legislación nicaragüense establece un Modelo Mixto de Financiamiento de Campañas Electorales. Es decir, los gastos de estas Actividades se cubren a través de donaciones y contribuciones de fuentes privadas, y del financiamiento público que reciben los Partidos a manera de reembolso una vez pasadas las Elecciones. 

En relación con esta Modalidad de Financiamiento Público, el Artículo 99 de la Ley señala que se otorgará a los Partidos Políticos que alcancen el 4% de la Votación Valida; sin embargo, no especifica cuál es la Elección en la que se debe obtener el umbral de votación. La Ley tampoco establece plazos para el pago de reembolsos, y el Calendario Electoral no fijó la fecha para realizar el pago. Sumado a esto, el Marco Normativo vigente no contempla límites o topes a los ingresos de los Partidos, destinados a los gastos de Campaña.

El Artículo 103 de la Ley señala que los Partidos podrán recibir donaciones de Ciudadanos nicaragüenses o extranjeros, dentro de los montos límites y con arreglo a los Requisitos y condiciones establecidas; sin embargo, la Ley o el Reglamento de Rendición de Cuentas de Gastos de Campaña no hacen referencia a estos gastos. 

En relación con el Financiamiento Público indirecto el Artículo 91 de la Ley Electoral establece, que los Partidos o Alianzas tienen Derecho al uso de Radioemisoras y Canales de Televisión Estatales para hacer Campaña; sin embargo, los Representantes de los Partidos y Miembros del Consejo Supremo Electoral manifestaron que su aplicación es limitada, ya que existe una Radio Estatal y no existen 
Televisoras Estatales. En consecuencia, el acceso a Medios depende de los fondos privados con los que cuentan los Partidos.

En cuanto a las Sanciones, la Ley vigente establece en el Artículo 104 que estas son aplicables en aquellos casos en que la Autoridad Electoral pueda constatar la existencia de ingresos de fuentes prohibidas, tales como contribuciones anónimas o contribuciones de Entidades Autónomas o Descentralizadas. 

La Contraloría General de la República es la Institución responsable de la revisión del Registro de Ingresos y Egresos de los Partidos Políticos; sin embargo, la Legislación no establece ningún Requisito, Formato o Regulación específica para llevarla a cabo.

La Ley prohíbe expresamente el uso de Bienes del Estado para fines de Propaganda Política, y contempla como Delito Electoral el uso de las Oficinas Públicas para Actos de Proselitismo Político.

La Misión de Acompañamiento Electoral de la OEA recibió 4 denuncias sobre el uso de Recursos del Estado durante la Campaña Electoral; sin embargo, se pudo conocer que la Fiscalía sólo recibió una denuncia por uso de Recursos Públicos en las Campañas Electorales.

La Misión recomienda analizar la posibilidad de que el financiamiento público se entregue a los Partidos de forma anticipada, de manera que puedan informar a los Votantes sobre sus Plataformas de Gobierno. Sumado a esto, la Misión reitera la Recomendación presentada en 2012 sobre la necesidad de reglamentar de manera clara y detallada los Procedimientos de forma y fondo que los Partidos Políticos deben cumplir en el Registro de los Ingresos de Fuentes Privadas recibidas. Reitera, asimismo, la necesidad de que existan Mecanismos para garantizar el acceso equitativo y transparente de los Partidos a los Medios de Comunicación.

Inclusión Política. Participación de Mujeres: En estas Elecciones, de las 43,962 Candidaturas a Cargos Electivos de Representación política en Alcaldías y Concejos Municipales, 21,353 fueron Mujeres, lo que equivale al 49.9%.

La OEA reconoce los avances que ha realizado Nicaragua en cuanto al cierre de la brecha de Género, expresados en la consecución de la paridad plena, la alternancia y la proporcionalidad en Cargos Electivos dentro de un Marco Normativo garantista, referente para toda América.

Estos Logros constitucionalizados en el año 2012 y presentes en la Ley Electoral, deben apuntalarse, estableciéndose a nivel reglamentario Sanciones por incumplimiento del Principio de Paridad de manera explícita, y reduciendo algunos de los vacíos que aún ofrece la Ley. Como prueba de ello, en las Elecciones Municipales del 2012 el porcentaje de Mujeres Candidatas a encabezar la Titularidad de Alcaldía era del 49.1%, y en esta Contienda alcanzó el 46.9%

La Misión reitera la necesidad de que los esfuerzos que se realizan para respetar el Espíritu de la Ley se formalice en una nueva Reglamentación que a Futuro  garantice el buen funcionamiento del Sistema. Asimismo, la Misión reitera la recomendación realizada en 2012, en la que se sugiere promover el Liderazgo de Mujeres a lo interno de las Organizaciones Políticas.

El Desarrollo de Capacidades de los Militantes y fortalecimiento de Liderazgos Femeninos, el Financiamiento Público dirigido y el estímulo de la Democracia interna de los Partidos, son desafíos aún vigentes.

Participación de la Sociedad Civil: Se recomienda promover la participación amplia y plural de Organizaciones de Observación Electoral Nacional, grupos que coadyuven a la transparencia y brinden confianza a los Sectores del Proceso. Se debe considerar que la Observación Electoral no sustituye las tareas de fiscalización, que recaen en los Partidos Políticos, ni reemplaza las Funciones de la Autoridad Electoral.

Es fundamental que dichas Organizaciones cuenten con un Marco Jurídico adecuado, sean apartidistas y tengan los accesos necesarios para poder realizar un trabajo profesional, imparcial y objetivo.

Conclusiones: La Misión refleja en este Informe las principales Observaciones y Recomendaciones sobre el Proceso Electoral. Se han identificado avances importantes en diversos componentes, así como debilidades propias de todo Proceso. Estos elementos, sumados a los hallazgos constatados y las denuncias recibidas por la Misión, permiten valorar que existe espacio para fortalecer el ámbito Legal, Técnico, Procedimental, Tecnológico y Humano de los Procesos Electorales en Nicaragua.

El Sistema Electoral nicaragüense se beneficiaría de una Reforma Electoral comprensiva que abarque diversos temas. Es necesario un Marco Jurídico y Administrativo de carácter permanente que brinde mayor confianza y seguridad a las Fuerzas Políticas y a la Ciudadanía.

La Misión reconoce que las diversas Recomendaciones formuladas en el presente Informe, requieren de recursos financieros, materiales y humanos para su implementación.

La Misión recibió del Consejo Supremo Electoral toda la colaboración necesaria para el desempeño de sus labores, y mantuvo con el Órgano Electoral una comunicación fluida y directa. Agradece especialmente la facilidades y cooperación por parte del Presidente, Don Roberto Rivas Reyes; el Vice-Presidente, Don Lumberto Campbell; los Magistrados y los Funcionarios del Consejo Supremo Electoral.

Extiende, asimismo, su agradecimiento a las Autoridades de Gobierno, en particular al Ministerio de Relaciones Exteriores, en la persona de su Ministro Denis Moncada; a los Partidos Políticos, a las Organizaciones de la Sociedad Civil, a la Prensa Nacional e Internacional, a las Fuerzas de Seguridad, y la Ciudadanía, por toda la colaboración y apoyo brindado para que la Misión pudiera realizar su trabajo.

La Misión agradece las contribuciones financieras de Alemania, Argentina, Bolivia, Chile, Corea, España, Honduras, Luxemburgo, República Dominicana y Suiza, que permitieron nuestro despliegue en Nicaragua.

La Misión de Acompañamiento Electoral agradece también el apoyo fundamental de los Integrantes de la Mesa de Conversación e Intercambio Constructivo entre la Secretaría General de la OEA y el Gobierno de Nicaragua. Esperamos que este Documento sirva de insumo técnico para los trabajos que continuarán en los siguientes años.

La Jornada Electoral del día Domingo permite la Elección de 153 Alcaldes y Vicealcaldes, y los respectivos Concejales de los Gobiernos Municipales. Pese a los hallazgos señalados en este Informe, y que son objeto de Recomendaciones para su superación o mejora, estos no han afectado en lo sustancial la Voluntad Popular que se manifestó en las Urnas.

La Misión reitera la profunda preocupación por los actos de violencia ocurridos tras los Comicios Electorales; expresa su Solidaridad con los familiares de las víctimas y el Pueblo nicaragüense, y hace un llamado a la Sociedad en su conjunto, para resolver sus diferencias por los Caminos Pacíficos. Muchas gracias.


Período de Preguntas y Respuestas

Periodista Geovanny Loáisiga
Canal 4 de Televisión

Muy buenos días. Ustedes fueron testigos de esta Fiesta Cívica que se llevó a cabo este 5 de Noviembre, y el fortalecimiento de la Democracia que cada día se vive en nuestro País. Mi pregunta directa es, ¿cuál es el Mensaje y la Señal que ha enviado el Pueblo nicaragüense al Mundo?

Palabras de Wilfredo Penco 

Nuestra Visión sobre el Proceso Electoral en su Integridad, la Calidad de la Democracia que ese Proceso Electoral ha expresado, la Jornada Electoral y los Resultados, son objeto de las Consideraciones de las que hemos dado cuenta en este Informe; por lo tanto, me remito a este Informe en toda consideración a ese respecto.

Wilfredo Miranda
Periodista de Confidencial

En su Informe no notamos el tema de la participación. Durante el día de la Elección se vieron muchos Reportes en los Medios de Comunicación sobre una baja participación electoral. Usted dijo en una de las Conferencias que era un tema de percepción y que lo iban a analizar científicamente. Así lo dijo usted. ¿Ustedes lo analizaron, pudieron verlo si se corresponde la participación que se reportó ese día con lo que reportó el Magistrado Roberto Rivas?

Palabras de Wilfredo Penco

Como hemos expresado, el tema de la participación o de la abstención no es un problema de percepción ni personal, ni de grupos, sino que es un problema de Medición, y la Medición se ha dado a través de los documentos concretos que son las Actas que registran justamente la participación de la Ciudadanía; Actas cuyas copias fueron entregadas a los Partidos Políticos, y cuyos resultados han sido publicados en la Página del Consejo Supremo Electoral.

Periodista Ismael López
Diario La Prensa

Buenos días, Señor Penco. Mi nombre es Ismael López, del Diario La Prensa. Quiero preguntarle dos cositas: Uno, las Actas que ustedes revisaron al momento, de las que tuvieron acceso, y al Cierre de las Juntas de Escrutinio: ¿Qué porcentaje de participación Ciudadana arrojan? Para reforzar la pregunta de mi Colega Miranda. Además, quisiera preguntarle sobre la violencia en el Caribe Norte, ¿qué información tenían ustedes? Porque ustedes habían desplegado Observadores allí también.

Palabras de Wilfredo Penco

El Trabajo de Verificación que hizo la Misión refleja un porcentaje de participación que oscila entre el 48% y el 52%, naturalmente del Padrón Activo. En cuanto a los actos de violencia, la información que hemos recibido es la que está en conocimiento de la Ciudadanía en general, y ha dado lugar a las expresiones a que hemos hecho referencia. 

Periodista Juan Cortez
Canal 4

Gracias por la oportunidad de preguntar: ¿Cuánto avanza Nicaragua en el fortalecimiento de su Sistema Electoral con este nuevo Programa entre la Organización de Estados Americanos y el Gobierno? Eso por un lado, y por otro lado me gustaría saber ¿cuáles son esos elementos claves que le han permitido a la Misión lograr alcanzar todos los objetivos planteados a lo largo de esta semana y en el día de las Elecciones, y qué viene a continuación de este Programa de 3 años? Gracias.

Palabras de Wilfredo Penco

En primer lugar, el Trabajo de la Misión termina con este Informe Preliminar, en Nicaragua, y culmina con la entrega del Informe Final ante el Consejo Permanente de la OEA que también será entregado a las Autoridades Electorales de Nicaragua. Después, naturalmente que seguirá una labor que establecerá la Mesa de Diálogo, constituida entre el Gobierno de Nicaragua y la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos. 

Nosotros deseamos, como lo decimos en este Informe, que este Trabajo pueda servir de insumo a los efectos de que la labor que esa Mesa de Diálogo junto con el Gobierno de Nicaragua, pueda llevar adelante. En este Informe hemos establecido expresamente en cada caso los Avances registrados en las diversas Materias, y también hemos señalado los aspectos que deberán seguir siendo objeto de trabajo, seguramente, en esta labor que comenzará con posterioridad este año. 

Periodista Karen Erazo
Canal 6 de Televisión

En uno de los Puntos destacaban la participación de la Mujer, y bueno, el Gobierno aprobó una Ley de 50 y 50, y además ha sido ejemplo para el resto de América Latina el hecho que Nicaragua tiene una amplia participación de la Mujer en nuestro País. ¿Cómo valoran esto, y además de eso, si Nicaragua seguirá siendo ejemplo en el tema de la participación de la Mujer, y sobre todo en tema de Política?

Palabras de Wilfredo Penco

Sobre la participación de la Mujer hemos incluido en este Informe un Capítulo Especial destacándolo y subrayándolo; por lo tanto, este es un Avance que hemos querido enfatizar, y todos los otros temas vinculados con posibles avances posteriores deberán ser objeto también de las labores después de este Acto Electoral.