Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 87-2020
El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra
CONSIDERANDO
I
La Distinguida, Meritoria y Honrosa Labor de l@s Trabajador@s de la Salud de nuestra Nicaragua Bendita y Libre;
II
El cumplimiento de la Misión y el Deber Cristianos y Solidarios, de atender sin distingos de Raza, Clase, Religión, o condición social y económica, a las Familias nicaragüenses en toda circunstancia y en todo lugar de nuestra Sagrada Geografía;
III
Que esa Labor Fecunda y Misionera muestra la Conciencia Cristiana, Revolucionaria, Evolucionaria y Solidaria de l@s Trabajador@s de la Salud, que no conocen límites en su dedicación al Pueblo nicaragüense, en todas las situaciones y en todas las localidades de la Patria Bendita y Libre;
IV
Que l@s Trabajador@s de la Salud, Médicos, Especialistas, Enfermeras, Auxiliares, Personal de Cuido y Atención a los Puestos, Centros y Unidades de Salud en todo el País, cumplen valientemente el Servicio a Dios, a la Patria, al Modelo Cristiano y Solidario, en estos Tiempos de Pandemia, aun a riesgo de sus propias Vidas, y a riesgo también de las Vidas de sus Familiares;
V
Que ese Compromiso y esa Conciencia de nuestr@s Trabajador@s de la Salud, es reconocida grandemente por las Familias nicaragüenses que en Barrios, Comarcas y Comunidades acuden a sus Unidades de Salud y valoran grandemente esa atención que reciben, también directamente en sus Hogares, en las Ferias de Salud de cada día, o en Jornadas Permanentes de Cirugías, Vacunación y Cuido Responsable de Niñ@s, Adolescentes, Jóvenes, Mujeres, Varones, de todas las Edades, ante los padecimientos propios de nuestro Mapa de Salud;
VI
Que ante ese Reconocimiento de tod@s por la abnegación y la eficiencia de nuestro Modelo de Salud Familiar y Comunitario;
ACUERDA
1. Otorgar la Orden de la Independencia Cultural Rubén Darío a l@s Trabajador@s de la Salud de nuestra Nicaragua Bendita y Siempre Libre, como parte esencial de nuestro ORGULLOPATRIO, en los días de Heroica Conmemoración de nuestra Batalla de San Jacinto, y de la Independencia Nacional.
2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua a los 7 días del Mes de Agosto del Año 2020.
